Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 25 de Julio de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución25 de Julio de 2007
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Procedente del Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados, nos ha sido remitido el expediente contentivo del proceso de Faltas a la Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado interpuesto de Oficio por la FISCALÍA AUXILIAR DE LA REPÚBLICA, contra el Licenciado B.B.C.; toda vez que, mediante Resolución de 16 de diciembre de 2005, dicho Tribunal solicita la elevación a juicio de las investigaciones efectuadas.

ANTECEDENTES

El Licenciado C.A.H.B., F.A. de la República de Panamá, remite al Colegio Nacional de Abogados copia de las investigaciones en contra del Licenciado B.B.C. por la presunta Comisión del Delito de Posesión y Comercio de Armas Prohibidas.

Al estudiar el referido expediente se deslinda que el día 14 de enero del 2003, un seguridad del Centro Penitenciario "La Joya", al hacer el registro de control de los internos, encontró en posesión del interno L.A.C.G., un arma blanca punzo cortante en el área de sus genitales. Al interrogar al interno sobre la procedencia de dicha arma, éste le señaló que se la había entregado su abogado el Licenciado B.B.C., por lo que se comenzaron las investigaciones correspondientes.

De lo anterior, se desprende en la Declaración Indagatoria realizada al Licenciado B.B., que familiares de un detenido con nombre P.H., le habían ofrecido doscientos balboas (B/.200.00) , por llevar un paquete al Centro Penitenciario "La Joya", y a la vez darle un auto para que pudiese transportarse al complejo, por lo que él se comunicó con ellos al día siguiente haciendole entrega de lo acordado. Al ingresar al Centro le dio el paquete a L.C., y al hacer los guardias la inspección se dieron cuenta de lo que llevaba encima el recluso, por lo que procedieron a detener al licenciado B.; cabe indicar que el mismo desconocía que contenía dicho paquete.

Aunado a lo anterior, se desprende del expediente que el letrado ha introducido al centro penitenciario en ocasiones anteriores celulares con sus respectivos cargadores, los cuales sumaban 2 a 5, por un costo de doscientos balboas ( B/.200.00) cada uno.

El día 16 de enero de 2003, la Fiscalía Auxiliar de

la República de Panamá, procedió a Ordenar la detención preventiva del

licenciado B.B., por el delito de Posesión y Comercio de Armas

Prohibidas. No obstante el Segundo

Tribunal Superior de Justicia, mediante

resolución calendada treinta (30) de enero de dos mil tres (2003), indico que

la conducta tipificada por el licenciado B. no constituyen delito de

Posesión de Comercio y Armas Prohibidas, toda vez que dicho delito hace alusión a armas de fuego, explosivos o...

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