Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 10 de Septiembre de 2004

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2004
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala de lo Penal de la Corte Suprema del recurso de casación formalizado por la defensa técnica de R.D.C.R., sindicado por el delito de lesiones personales cometido en perjuicio de A.S.S., contra la sentencia de segunda instancia proferida el 16 de julio de 2001, proferida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, que impone a R.D.C.R. la pena de 30 meses de prisión, por ser responsable del delito de lesiones personales que prevé el artículo 136 del Código Penal.

HISTORIA CONCISA DEL CASO

El 2 de diciembre de 1999, se presentó ante las autoridades la señora N.S.G. a presentar denuncia contra R.D.C.R.Y.J.C. por el delito de Lesiones Personales en perjuicio de su hijo A.S.S., producto de 2 disparos en las piernas.

El 27 de enero de 2000 rinde declaración A.S.S. quien indicó que el 24 de julio de 1999 dentro de la Cantina Panameñista ubicada en Santa Ana, tuvo una riña con R.D.C.R. y J.C., quienes supuestamente le hicieron disparos en las piernas.

Adicionalmente se incorporan al expediente otras declaraciones como las de J.R. y E.J., quienes eran los dependientes del lugar y quienes manifiestan que los disparos se escucharon afuera del local, asi como las declaraciones de R.S. y Servilio De Gracia.

Rinden declaración indagatoria los señores RUBEN y J.C., quienes aceptan haber tenido una riña con el lesionado el la Cantina Panameñista, pero manifiestan que desconocían de los disparos.

El 31 de octubre de 2000 se realizó la Diligencia de Inspección y Reconstrucción de los hechos en la que E.J., S. De Gracia y Jacinto Rojas indican que los disparos que escucharon provenían de afuera de la cantina.

Mediante sentencia de 6 de abril de 2001 el Juzgado Octavo de Circuito Penal de Primer Circuito Judicial de Panamá luego de la audiencia oral absolvió a los prenombrados, decisión que fue apelada y el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, luego de resolver la alzada, reforma el fallo en el sentido de condenar a R.D.C.R. a la pena de 30 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas como autor del delito de lesiones personales en perjuicio de A.S. y mantiene la absolución de J.C..

CAUSAL INVOCADA

El recurrente invoca la causal que establece el error de derecho en la apreciación de la prueba, que ha influido en lo dispositivo de la sentencia y que implica violación de la Ley sustancial penal.

MOTIVOS DE LA CAUSAL

El recurrente considera que el Tribunal Superior, comete error de derecho al considerar que R.D.C.R. lesionó a A.S. al valorar contrario a derecho las declaraciones de J.R. y E.D. quienes afirmaron que en efecto se dio una pelea entre los C. y el lesionado, sin embargo aseveran que los disparos se oyeron desde afuera, pero que no vieron quien los hizo (primer motivo). Considera el recurrente que el Tribunal Superior, también valoró contrario a derecho la declaración indagatoria de R.D.C.R. al deducir de dicha declaración que éste había hecho los disparos solamente porque aceptó haber peleado con S. (segundo motivo). Cuestiona además el censor la valoración otorgada por el Tribunal Superior a la declaración de R.S. quien señaló que la persona que le disparó a él y a S. dentro de la cantina fue R.D.C.R., ya que este testigo se contradice cuando afirma en esa misma declaración que los disparos se...

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