Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 3 de Enero de 2005

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 3 de Enero de 2005
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, de la solicitud formulada por el LICENCIADO N.E.U.B., quien actúa en su condición de defensor de oficio de L.S.G., en la que pide "se le sustituya la detención preventiva de nuestro representado por otra medida, que no implique privación de la libertad, ya que nuestro representado el día 17 de diciembre de 2004, cumple la pena impuesta en la sentencia que actualmente se ataca mediante recurso de casación".

Cabe destacar que la petición de reemplazo de medida cautelar, fue inicialmente presentada ante el Juzgado Primero del Circuito de Veraguas, Ramo Penal, por ser el tribunal de la causa, en el proceso penal seguido contra este detenido y otros, por la comisión de delito contra la salud pública, relacionado con drogas. No obstante, esa autoridad jurisdiccional, mediante resolución de 17 de diciembre de 2004, dispuso "Remitir la petición a la Honorable Corte Suprema de Justicia, ya que el negocio en contra de L.S., E.F. Y OTROS se encuentra en casación".

Efectivamente, se advierte que la encuesta penal contentiva de las sumarias instruidas contra L.S.G. y otros, por la comisión de delito contra la salud pública, relacionado con drogas, se encuentra actualmente radicado en esta Superioridad, en virtud del recurso de casación en el fondo, formalizado por la licenciada N.P.N., F.D. Especializada en Delitos Relacionados con Drogas de Coclé y Veraguas, contra la sentencia de 1º de julio de 2004, proferida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, mediante la cual, se confirmó la decisión de primera instancia, que condenó a L.S.G., a la pena de 3 años y a E.F., a la pena de 10 meses y 50 días multa, por ser responsables, el primero, del delito de venta de drogas, y el segundo, del delito de posesión simple de drogas, y se les absolvió del cargo de asociación ilícita para delinquir. Asimismo, se absolvió a J.A.P., R.O.G., C.E.M., B.D.C., N.M., A.G.G., E.G.R. y H.G.M., del cargo criminal que les fuera formulado por delito contra la salud pública, relacionado con drogas.

El recurso de casación formalizado por la representante del Ministerio Público, se encuentra pendiente de emitir un juicio sobre su admisibilidad.

En vista de esa especial situación procesal, se resalta que esta Sala posee competencia jurisdiccional, para pronunciarse sobre la petición de sustitución de medida cautelar, formulada por el defensor de oficio del procesado L.S.G..

Así las cosas, se...

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