Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 4 de Febrero de 2004

PonenteCésar Pereira Burgos
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2004
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala de lo Penal de la Corte Suprema del recurso de casación en el fondo presentado por el defensor de oficio de Circuito de la provincia de Herrera, en contra de la sentencia de segunda instancia proferida el 23 de agosto de 2002 por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, mediante la cual A.C.H. fue condenado a la pena de 6 años de prisión por ser responsable del delito de violación carnal cometido en perjuicio del menor de edad Y.M.M.G..

HISTORIA CONCISA DEL CASO

Según da cuenta el casacionista, el 13 de noviembre de 2001, N.G. de Mendoza se presentó ante el funcionario de instrucción para denunciar a A.C.H. por la posible comisión del delito de violación carnal, en perjuicio del menor de edad Y.M.M.G.. El informe médico legal señala que la víctima presentaba escozor en la mucosa del ano y dos lesiones ampulares a las 6:00, según las manecillas del reloj.

Continua explicando el casacionista que luego que A.C.H. rindiera declaración indagatoria en la que negó los cargos, el funcionario de instrucción le solicita al juzgador de la causa que ordene su encausamiento penal. Durante la calificación del sumario, el imputado se declaró culpable y arrepentido del hecho punible. El juez natural emite una sentencia condenatoria en contra de C. al imponerle 6 años de prisión por ser autor del delito de violación carnal en perjuicio del menor de edad Y.M.M.G..

El casacionista señala que procedió a impugnar mediante recurso de apelación la medida jurisdiccional proferida por el juez de primera instancia, y que mediante sentencia de 23 de agosto de 2002, el Tribunal Superior de Justicia del Cuarto Distrito Judicial confirma en todas sus partes la decisión de condenar a C. a la pena de 6 años de prisión.

El casacionista concluye este requisito sobre la historia concisa del caso en el sentido que la sentencia de 23 de agosto de 2002, proferida por el Tribunal Superior de Justicia del Cuarto Distrito Judicial da lugar "...a que se cometiera un yerro jurídico, ya que se admitieron o se calificaron hechos constitutivos de circunstancias agravantes de participación criminal, violando con ello la Ley sustancial penal" (f.217)

CAUSAL INVOCADA

El recurrente invoca la causal error de derecho al calificar los hechos constitutivos de circunstancias agravantes de responsabilidad criminal, causal que se encuentra en el numeral 8 del artículo 2430 del Código Judicial.

MOTIVOS QUE SUSTENTAN LA CAUSAL

Dos motivos apoyan la causal que el recurrente invoca. En el primer motivo, expresa que el Tribunal Superior comete un error al reconocerle al imputado la agravante común que se refiere al caso en que el autor se haya embriagado deliberadamente para cometer el hecho punible, toda vez que en el proceso " nunca se llegó a determinar que nuestro representado efectivamente se había embriagado con la única finalidad o designio de cometer el delito de violación carnal, ya que esta situación era común en la personalidad de nuestro representado" (f.218).

En el segundo motivo, el recurrente expresa que el Tribunal Superior comete un error al señalar que la conducta del imputado se adecua a la circunstancia agravante común sobre el abuso de la superioridad física, ya que nunca se llegó a determinar que influyó en la comisión del delito (f.218)

DISPOSICIONES LEGALES INFRINGIDAS

El recurrente sostiene que la sentencia impugnada infringe los numerales 1 y 9 del...

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