Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 5 de Enero de 2005

PonenteGabriel Elías Fernández M.
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2005
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En la secretaria de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se recibió manuscrito del señor J.E.P.C., donde solicita la Revisión de la Sentencia Condenatoria dictada por el Juzgado Segundo de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial por el delito de Robo.

Mediante Providencia fechada 6 de octubre de 2004, se le corre traslado del negocio por el término de quince (15) días a la Lcdo. R.C. para que represente al recurrente y lo asista en la formalización del recurso, si se registra causal legal que lo fundamente.

El Defensor de Oficio presenta en tiempo oportuno su informe manifestando:

"Sobre el particular me permito indicarle que nos hemos comunicado con la Sala Penal, en donde se nos ha informado que el prenombrado J.E.P., interpuso recurso de casación penal, el cual se encuentra en trámite en el Despacho de la Magistrada G.D..

Ante los hechos planteados es obvio que sin adentrarnos en las causas legales que han motivado al encartado a la presentación del mismo, dicha petición no se ajusta a lo normado en el artículo 2454 del Código Judicial, cuando indica que "Habrá lugar al recurso de Revisión contra las sentencias ejecutoriadas cualesquiera que sea el Tribunal que las hubiere dictado...."

La sentencia que se pretende enervar ha sido dictada por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, sin embargo por haberse presentado un recurso de Casación contra la sentencia dictada por un Tribunal Ad Quem, dicha sentencia no está ejecutoriada, y no ha hecho tránsito a cosa juzgada."

Expuestos los hechos relevantes de la encuesta procede este Cuerpo Colegiado a examinar el caso en comento.

De acuerdo con el contenido del informe recién trascrito advierte la Sala que...

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