Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Junio de 2003

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución12 de Junio de 2003
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia conoce de la admisión del recurso de casación en el fondo presentado por el licenciado A.G.Z.G., defensor de oficio de A.A.S.H., contra la sentencia de 20 de febrero de 2003 emitida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial de Panamá, que reforma la sentencia de primera instancia y condena al procesado a la pena de dos (2) años y cuatro (4) meses de prisión t ciento setenta y cinco (175) días multa , que totalizan trescientos cincuenta (B/350.ºº) balboas a favor del Tesoro Nacional y al mismo tiempo a la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término una vez cumplida la penal corporal, como autor del delito de estafa.

Cumplido el término en lista, procede examinar el recurso de casación incoado, para efectos de determinar si cumple con los requisitos que establece la ley para su admisibilidad.

Se observa que fue presentado oportunamente, por persona legítima, contra una resolución que efectivamente admite este tipo de recurso extraordinario ya que el delito por el cual se sanciona al sindicado es susceptible de una pena de prisión de dos o más años.

Seguidamente se aprecia que la historia concisa del caso ha sido redactada destacando los aspectos medulares del proceso.

La única causal invocada es "error de hecho en cuanto a la existencia de la prueba, el cual implica una clara infracción de la ley sustancial", denominación a toda luces incorrecta. La Corte ha sido sumamente exigente en cuanto al enunciado de las causales. En tal sentido ha ordenado la corrección y en ocasiones hasta ha declarado la inadmisibilidad del recurso. La causal debe invocarse en lo términos literales en los que aparece, sin desviación alguna. Por lo tanto, el recurrente debe corregir el presente libelo en este sentido.

La cual está apoyada en un motivo del que se desprende con claridad los cargos de...

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