Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 15 de Junio de 2004

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución15 de Junio de 2004
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Cumplidas las fases de admisión, sustanciación y celebrada la audiencia oral y pública, corresponde a esta Sala resolver los recursos de casación en el fondo interpuesto por las licenciadas M.D.R.V.V. y M.J.D.S., en representación de L.W.H.T. y B.M.G. respectivamente, contra la sentencia proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial el 22 de enero de 2003, que confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a 96 meses de prisión a L.W.H.T. y a 120 meses de prisión a B.M.G., como responsables del delito de Posesión de Precursores Químicos destinados a la Producción y Transformación de Drogas Ilícitas.

RECURSO DE CASACIÓN PRESENTADO A FAVOR DE L.W.H.T..

HISTORIA CONCISA

De acuerdo a las constancias procesales:

"El día 15 de septiembre de 1999, la Personería Municipal del Distrito de B. en compañía y a petición de las unidades del servicio Marítimo Nacional realizan en la playas, esteros y terrenos del sector Mendaño en la isla de San Miguel diligencia de Allanamiento y Registro, motivadas por quejas de los moradores del área que han observado lanchas rápidas utilizadas para el transporte de droga y por la presencia de indocumentado.

Luego de revisa diferentes lugares en la isla del R., las diligencias dieron como resultado el hallazgo (en el área de Mendaño) de diferentes sustancias líquidas, presumibles precursores químicos utilizados para la transformación de droga, encontradas en las inmediaciones del terreno del señor B.G.. Además, distantes al lugar del hallazgo de la droga se encontró una lancha rápida contentiva de diferentes documentos personales y en el manglar ubicaron 11 sacos de henequén con 385 Kilos de la droga conocida como cocaína.

Al hecho ilícito se vincula al ciudadano L.W.H.T., toda vez que en una de las lanchas rápidas se encontró su cartera y documentos personales, quedando plasmado tal (sic) circunstancias en el acta de Registro e Inspección.

Se formulan cargos al señor L.W.H.T. por delito contra la salud pública relacionado con drogas (fojas 82-85).

El Tribunal de Primera Instancia declara lugar al seguimiento de la causa penal por la infracción del Título VII, Capítulo V, del Libro II del Código Penal (fojas 334-337).

El Juez Sexto de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial, condenó a L.W.H.T. a noventa y seis (96) meses de prisión, como autor del delito de Posesión de Precursores destinados a la Producción y Transformación de drogas ilícitas. (fojas 376-388).

Contra la decisión se interpuso recurso ordinario de apelación y el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, al decidir la alzada, mediante Resolución del 22 de enero de 2003 (foja 429-437), haciendo errónea valoración probatoria, CONFIRMA la Sentencia apelada en lo atinente a la condena emitida en contra de L.W.H.T..

CAUSAL DE FONDO INVOCADA

La licenciada M.D.R.V.V. ha propuesto como causal de casación, el error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo impugnado e implica la infracción de la ley sustancial penal.

MOTIVOS

Son dos los motivos que usa la censora para fundamentar la causal. En el primero de ellos, manifiesta que el Tribunal Superior al evaluar en el fallo impugnado la Diligencia de Registro e Inspección de la que se desprende la incautación de la billetera, comete error de derecho en su apreciación porque deduce de esta pieza elementos de vinculación contra su representado para acreditar su presencia en el lugar de los hechos y establecer su participación en el ilícito. Agrega que el indicio de presencia supone la comprobada presencia física del individuo, no un bien propiedad del sindicado.

En el segundo motivo, la casacionista indica que el Tribunal Superior al evaluar la declaración de...

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