Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 16 de Marzo de 2007

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2007
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ingresó a la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, el expediente contentivo del recurso de revisión interpuesto por el abogado J.A.C.T., en representación del seZor J.R.C., en contra de la sentencia Nº 143 de 23 de diciembre de 2004, dictada por el Juzgado Décimoquinto del Primer Circuito Judicial de Panamá, en la cual se le impone al imputado la sanción de 40 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual periodo, como responsable de los delitos de hurto con abuso de confianza y falsificación de documentos privados, cometidos en perjuicio del Banco General, S.A.

Mediante reparto de Sala de fecha 5 de marzo de 2007, el negocio resultó adjudicado al Magistrado A.S., quien mediante memorial visible a foja 100, se manifestó impedido para conocer del presente caso, seZalando que en la actualidad figura como deudor de la entidad bancaria perjudicada por el ilícito cometido por el recurrente.

A criterio del Magistrado Salas, el hecho anterior lo ubica en la causal de impedimento recogida en el numeral 7 del artículo 760 del Código Judicial, motivo que lo lleva a formular la presente manifestación, a fin de salvaguardar la imparcialidad, transparencia y objetividad que debe predominar en las resoluciones que emite esta Corporación de justicia, concluye el Magistrado.

A efecto de resolver la incidencia planteada, es menester precisar en primer lugar que, las causales de impedimento recogidas en el artículo 760 del Código Judicial, resultan aplicables en el proceso penal, de conformidad con el artículo 2279 de la misma excerta.

Respecto a la correspondencia de los hechos...

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