Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 20 de Mayo de 2003

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2003
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La firma forense GUERRA Y GUERRA ABOGADOS, en representación de V.K. recurre en casación contra la sentencia definitiva de segunda instancia, dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, de fecha 30 de septiembre de 2002, mediante la cual se reforma la sentencia de primera instancia que condena a su patrocinada por el delito de Hurto con Abuso de Confianza, a la pena de veinte (20) meses de prisión, reemplazada por la pecuniaria de cien (100) días-multa a razón de cincuenta balboas (B/.50.00) por cada día multa, únicamente en el sentido de computársele la pena pecuniaria a razón de veinticinco balboas (B/.25.00) por cada día multa, para un total de dos mil quinientos balboas (B/.2,500.00).

Vencido el término de lista que establece el artículo 2439 del Código Judicial, corresponde decidir sobre la admisibilidad del recurso extraordinario.

Con relación a los requisitos externos que deben cumplirse en la presentación de este medio de impugnación, la Sala advierte que la sentencia en comento no es susceptible del recurso, en virtud que se trata de delito sancionado con pena privativa de libertad que no excede de dos (2) años, por lo que no cumple con el presupuesto que exige el artículo 2430 del Código Judicial.

Como se observa en el expediente V.K. fue condenada a la pena de veinte (20) meses de prisión, como responsable del delito de Hurto con Abuso de Confianza. La pena de prisión fue reemplazada por cien (100) días-multa.

Ahora bien, el artículo 2430 del Código Judicial a la letra contiene:

En materia criminal habrá lugar al Recurso de Casación en el fondo, contra sentencias definitivas de segunda...

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