Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 24 de Julio de 2003

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución24 de Julio de 2003
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Mediante resolución de 12 de junio de 2003, esta S. concedió el término de cinco (5) días hábiles para que se realizara la corrección del recurso de casación presentado por el Licenciado A.G.Z.G., defensor de oficio de A.A.S.H., sentenciado a DOS AÑOS Y CUATRO (4) MESES de prisión y a CIENTO SETENTA Y CINCO (175) DIAS-MULTA a razón de DOS (2) BALBOAS cada día, como autor del delito de estafa.

De conformidad con el Informe Secretarial que antecede, el recurrente presentó el escrito corregido en tiempo oportuno.

El examen del nuevo libelo pone de relieve que el casacionista ha atendido en debida forma las observaciones expresadas en la parte motiva de la resolución que ordenó la corrección del recurso y en consecuencia, resulta viable declararlo admisible.

PARTE RESOLUTIVA

En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado...

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