Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 2ª de lo Penal, 15 de Abril de 2008

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución15 de Abril de 2008
EmisorSala Segunda de lo Penal

VISTOS:

Vía casación, se remite a la Sala Penal de la Corte Suprema, el proceso seguido al imputado ANGELINO PRICILO REYES ROSAS, por el presunto delito Contra el Pudor y la Libertad Sexual en perjuicio del adolescente E. H.

Cabe señalar, que en esta oportunidad corresponde determinar si el recurso extraordinario de casación satisface los requisitos de procedencia legales y jurisprudenciales. Veamos:

La licenciada G.E.C.D., en su condición de Defensora de Oficio del imputado A.P.R.R., en su escrito, ofrece con la debida separación, la historia concisa del caso, la causal, los motivos y las disposiciones legales infringidas y el concepto en que lo han sido, sin incurrir en defectos formales.

En tal sentido, habida cuenta que el escrito formalizado por la abogada defensora del imputado REYES ROSAS, no tiene reparos que formularle, la Sala estima que procede admitir sendo recurso de casación. En consecuencia, se ordena correrle traslado a la Procuraduría General de la Nación, por el término de cinco (5) hábiles, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2441 del Código Judicial.

PARTE RESOLUTIVA

En mérito a lo expuesto, la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema, representada...

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