Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 27 de Octubre de 2008

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2008
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Debido a que el expediente contentivo del proceso seguido contra A.G.D. por delito de Violación Carnal en perjuicio de E.M. se encuentra en esta Superioridad, por razón de haberse admitido el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Primero de Bocas del Toro contra la Sentencia de Segunda Instancia de 24 de enero de 2008 dictada por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial de Chiriquí y Bocas del Toro, el defensor de oficio E.C. ha pedido a través de escrito recibido en la Secretaría, vía fax, el 22 de octubre de 2008, dirigido a esta S. Segunda de lo Penal, se otorgue libertad a su favor. El Licenciado E.C. sustenta su petición en que su patrocinado ha cumplido la pena de prisión impuesta dentro del presente proceso penal. De inmediato, la S. pasa a resolver lo solicitado. El expediente se encuentra en esta Superioridad por razón de haberse admitido el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Primero de Bocas del Toro. A la fecha de la solicitud se encontraba en traslado a la Procuradora General de la Nación para que emita concepto. El Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial de Chiriquí y Bocas del Toro mediante sentencia de 24 de enero de 2008, CONFIRMA la Sentencia N°80 de 9 de octubre de 2007, proferida por el Juzgado Segundo de Circuito de Bocas del Toro, Ramo Penal, que CONDENÓ a A.G.D. a la pena de veinticuatro (24) meses de prisión y a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por el mismo tiempo que la pena principal, como autor del delito de Violación Carnal en perjuicio de E.M.. Mediante Oficio No. 539-SP-2008 de 22 de octubre de 2008, esta Superioridad solicitó a la Dirección General del Sistema Penitenciario que certifiquen cuándo vence la pena del privado de libertad A.G.D.. Mediante Nota No. 3627-DGSP-DAL de 23 de octubre de 2008, la Dirección General de Corrección da contestación en los siguientes términos: "En atención a su Oficio No.539-SP-2008, del 22 de octubre de 2008 tenemos a bien informarle que el privado de libertad A.G.D., con cédula de identidad personal No.1-721-1051, sindicado por el delito de Violación Carnal en perjuicio de E.M., ingresó a la Cárcel Pública de Changuinola el 17 de octubre de 2006. Según información brindada por el Juzgado Segundo del Circuito Penal de Bocas del Toro, del Tercer Distrito Judicial señala que el estado actual del proceso, es que se encuentra en el "Tribunal Superior", tal como lo detalla el formulario de visita de cárcel...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR