Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 9 de Enero de 2008

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2008
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para resolver sobre su admisibilidad, conoce la Sala Penal de la Corte Suprema, del recurso de casación en el fondo presentado por la Licenciada ABRIL A.Z., en su condición de Fiscal de Adolescentes del Segundo Circuito Judicial de Panamá, contra la Sentencia de Segunda Instancia Nº 24 D.A. de 13 de septiembre de 2007, proferida por el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia.

Por medio de esta decisión jurisdiccional, se confirma la sentencia condenatoria de primera instancia, que impuso al entonces adolescente Y.A.S.P., la pena de 30 meses de prisión, por el delito de robo agravado en perjuicio de WEI YAO CHEN.

Se observa que la iniciativa judicial está dirigida a la Magistrada Presidenta de la Sala de lo Penal de esta Corporación de Justicia, es presentada por persona hábil, en tiempo oportuno, contra una sentencia dictada en segunda instancia por un Tribunal Superior y el delito investigado tiene señalada en la Ley, una pena de prisión, que supera los dos (2) años, cumpliéndose con los presupuestos básicos previstos en el párrafo primero del artículo 2430 del Código Judicial y con lo señalado en el artículo 101 del mismo texto legal.

Asimismo se constata que resulta viable el recurso, ya que atiende el presupuesto especial, en materia de Justicia Penal de Adolescentes, que indica que en esta jurisdicción, sólo procede el recurso de casación contra resoluciones que imponen sanciones privativas de libertad que exceden una duración de dos años (Cfr. Artículo 118 de la Ley 40 de 1999, modificada).

Respecto al cumplimiento de los requisitos que se refieren a la estructura formal del libelo, se advierte que la historia concisa del caso, sección requerida por disposición del literal a), numeral 3 del artículo 2439 del Código Judicial, ha sido presentada con una relación concreta sobre los hechos que originaron la causa y las diligencias procesales más relevantes que culminaron con la sentencia condenatoria de primera y de segunda instancia dictada por el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia.

Se aduce como única causal de fondo, el supuesto en que la sanción impuesta no corresponda a la responsabilidad del imputado; contemplado en el numeral 12 del artículo 2430 del Código Judicial.

La jurisprudencia nacional tiene sentado que:

"en esta causal los elementos probatorios a examinar son la propia sentencia proferida por el juzgador, es decir, el error se produce en el momento de individualizar la pena, porque pese a que el juez ha...

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