Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Agosto de 2009

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución12 de Agosto de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala de lo Penal del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de veintiocho (28) de noviembre de 2008 dictada por el Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial de Panamá, mediante la cual se absuelve a H.F.B.E., quien ejerce el cargo de coordinador de la Junta de Conciliación y Decisión No.10, dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión de un delito contra la Administración Pública.

La Licenciada N.I.A.A., en su condición de Fiscal Segunda Superior del Tercer Distrito Judicial, fundamenta el recurso interpuesto, en que considera que está debidamente probado un actuar doloso por parte del imputado.

La recurrente observa que el Juzgado Segundo de Trabajo de la Tercera Sección le comunicó a la Junta de Conciliación y Decisión No.10 que se había decretado un secuestro sobre bienes que previamente habían sido secuestrados por dicha autoridad, solicitándole que pusiera los bienes a disposición del Tribunal, en caso de levantar dicha medida.

La Representante del Ministerio Público aduce que el imputado incurre en acto de mala fe, pues mediante oficio No.285 de 1 de septiembre de 2005 le indica a la Juez de Trabajo que la Junta de Conciliación y Decisión había levantado el secuestro y, por ende, había devuelto los bienes al estar las partes notificadas del Auto No.214 de 26 de agosto de 2005, lo cual no era cierto.

La Fiscal Segunda Superior asevera que se observa claramente un actuar doloso por parte del imputado, pues no sólo faltó a la verdad, indicándole a la Juez algo que no se ajustaba a la realidad, sino que además señaló que los Juzgados Seccionales de Trabajo carecen de competencia para darle instrucciones a las Juntas, lo cual no lo excusa para sustraerse del elemental deber de cooperar con la función que desempeña otro servidor público.

El Licenciado FIDEL MURGAS, en su condición defensor de H.B., presentó escrito de oposición al recurso de apelación interpuesto por la Representante del Ministerio Público.

El letrado aduce que el Juzgado Segundo de Trabajo de la Tercera Sección no podía decretar un secuestro sobre otro existente y menos aún pedir que esos bienes fueran colocados a su disposición tan pronto terminara el primer secuestro.

Además indica que el Juzgado de Trabajo se excedió en despachar un secuestro sobre otro existente, sin cumplir los requisitos contemplados en la legislación laboral, toda vez que el Auto no.332 de 30 de agosto de 2005, visible de fojas 12 a 14 del expediente, simplemente decreta un secuestro sobre los bienes que la Junta de Conciliación y Decisión ya tenía depositados y en la parte resolutiva no refiere que esa decisión debía tener lugar tan pronto terminara el primer secuestro.

El abogado Defensor concluye solicitando que se confirme la sentencia recurrida.

LA RESOLUCION JUDICIAL PROFERIDA POR EL SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL

Concluida la etapa plenaria del proceso, el Tribunal de la causa, mediante Sentencia de veintiocho (28) de dos mil ocho (2008), absuelve a HERMENEGILDO BAKER ELLINGTON de los cargos formulados en su contra por la presunta comisión de un delito contra la administración pública (abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos).

Para fundamentar esa decisión jurisdiccional, el Tribunal Superior apreció que el imputado, si bien admitió la conducta endilgada, jamás aceptó algún designio criminal como elemento determinante del comportamiento desplegado.

El Tribunal de primera instancia, luego de la revisión integral de las constancias procesales, consideró que la conducta desplegada por el justiciable no es susceptible de acarrearle un reproche jurídico social y, por lo mismo, no puede declarársele culpable de la misma, con lo cual resulta incompleta la relación fáctico jurídica necesaria para que proceda la emisión de una sentencia condenatoria.

El A quo señaló además que de los medios probatorios que acompañó la señora Juez Segunda de Trabajo de la Tercera Sección no se desprende que BAKER ELLINGTON haya procedido de modo arbitrario ni animado por algún interés injusto que pudiera considerarse demostrativo de su proceder doloso y que el Ministerio Público tampoco acreditó que el acusado haya obrado dolosamente al realizar la conducta que dio sustento a la presente causa.

El recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Segunda Superior del Tercer Distrito...

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