Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 24 de Noviembre de 2009

Número de expediente281-G
Fecha24 Noviembre 2009

VISTOS:

Ha llegado a conocimiento de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, sendos libelos de formalización de recurso de casación, presentados por la Fiscalía Primera Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación, contra el auto N° 78 de 24 de junio de 2008, dictado por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, dentro del proceso instruido para investigar la comisión de delitos contra la administración pública, contra le fe pública y otros, en perjuicio del Banco Nacional de Panamá.

El acto jurisdiccional censurado vía casación, reformó la resolución judicial de primera instancia emitida por el Juzgado Primero de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, en el sentido de sobreseer provisionalmente a E.O. y S.H. por el delito de falsificación de documentos en general; abrir causa criminal contra L.N.M. por la presunta comisión de los delito de peculado y falsificación de documentos en general; y contra R.Q.K., por la supuesta comisión de delito de falsificación de documentos en general; confirmando el auto apelado en todo lo demás.

El negocio penal fue sometido al trámite de fijación en lista por el término de ocho días, para que las partes tuvieran conocimiento de la llegada del proceso a esta Superioridad. Concluida esa formalidad de ley, corresponde determinar si los recursos formulados atienden las exigencias procesales que condicionan su admisibilidad.

Cabe anotar, como cuestión previa, que la Fiscalía Primera Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación, ha presentado un total de 23 libelos de formalización del recurso de casación. Las iniciativas procesales extraordinarias, tienen el propósito de revocar las medidas de sobreseimiento definitivo dictadas a favor de un número plural de imputados y que en su lugar, se dicte auto de apertura de causa criminal. Cada recurso se refiere a un imputado distinto, estableciendo su grado de participación criminal y la conducta delictiva que, según el activador judicial, le es atribuible.

Los memoriales persiguen controvertir la situación jurídica de los siguientes procesados:

  1. S.M. (fs.20,721-20,725).

  2. R.L. (fs.20,726-20,730).

  3. R.M. (fs.20,731-20,735).

  4. L.G. (fs.20,736-20,740).

  5. L.C.Z. (fs.20,741-20,745).

  6. M.M. (fs.20,746-20,750).

  7. J.C.Á.R. (fs.20,751-20,755).

  8. J.A.W.C. (fs.20,756-20,760).

  9. S.E.H. (fs.20,761-20,765).

  10. J.A.B. (fs.20,766-20,770).

  11. J.P. (fs.20,771-20,775).

  12. D.H. (fs.20,776-20,780).

  13. E.B...

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