Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 28 de Febrero de 2003

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

ALMANZA Y ASOCIADOS, apoderada judicial de CAMILO DE LA GUARDIA, y la firma de abogados MENDOZA, VALLE Y CASTILLO, apoderada de la CERVECERÍA PANAMA, S.A., CERVECERIA DEL BARU, S.A. y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, S.A., han interpuesto sendos recursos de Casación Laboral contra la sentencia de 26 de noviembre de 2002, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del proceso laboral promovido por CAMILO DE LA GUARDIA -VS- CERVECERÍA PANAMÁ,S.A., CERVECERÍA DEL BARÚ, S.A. y DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, S.A.

En virtud de ello, se ordenó la acumulación de los mismos, por razones de economía procesal y para mantener la unidad de causa en dichos recursos, toda vez que las acciones se fundamentan sobre los mismos hechos.

La apoderada de CAMILO DE LA GUARDIA persigue con la presente acción que la Sala case parcialmente la sentencia impugnada, específicamente que revoque el punto que dice "y confirma la sentencia en todo lo demás" a fin de declarar que la relación de trabajo entre el demandante y la parte demandada no terminó por el mutuo consentimiento a que se refiere la sentencia recurrida. Por su parte, la firma MENDOZA, VALLE y CASTILLO pretenden que el Tribunal de Casación case parcialmente la sentencia recurrida, y en consecuencia, confirme la parte resolutiva en lo relativo a negar la solicitud de declaratoria de nulidad del acuerdo de terminación de la relación de trabajo suscrito por CAMILO DE LA GUARDIA y la empresa CERVECERÍA DEL BARU,S.A., y absolver a las demandadas CERVECERIA PANAMA,S.A. CERVECERIA BARU, S.A. Y DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, S.A. del reclamo del pago de vacaciones vencidas de 1986 a 1988 y de 1990 a 1993 y del decimotercer mes de 1986 a 1988, 1990, 1992 y 1993, así como sus respectivos recargos.

Se trata de un proceso laboral promovido por CAMILO DE LA GUARDIA, contra CERVECERIA PANAMA, S.A., CERVECERIA DEL BARU, S.A. y DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, S.A. el cual solicita la declaratoria de nulidad absoluta del acuerdo de terminación de la relación laboral porque, a su juicio, su empleador incurrió en vicios del consentimiento y no contemplar dicho convenio sus derechos adquiridos y se condene a las demandadas a pagarle la suma de B/.747,663.42, en concepto de vacaciones, décimo tercer mes, prima de antigüedad, indemnización e indemnización por perjuicios causados al terminar ilegalmente la relación de trabajo antes de la jubilación, más los recargos e intereses y costas del proceso.

El Juzgado Segundo de Trabajo de la Primera Sección, mediante Sentencia No. 32 de 16 de agosto de 2002, declaró no probada la excepción de transacción alegada por CERVECERIA PANAMA, S.A., CERVECERIA DEL BARU,S.A. y DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, S.A., además negó la solicitud de declaratoria de nulidad del acuerdo de terminación de la relación de trabajo suscrito por el actor CAMILO DE LA GUARDIA y la empresa CERVECERIA DEL BARU,S.A. por no haber demostrado el actor los hechos en que descansó su demanda, y absolvió a las demandadas del reclamo del pago de vacaciones vencidas de 1986 a 1988, 1990 a 1993 y del décimo tercer mes de 1986 a 1988, 1990, 1992 y 1993, así como sus respectivos recargos.

El Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, modificó la sentencia de primera instancia, en sentido de condenar, solidariamente, a las empresas demandadas, CERVECERIA PANAMA,S.A., CERVECERIA DEL BARU,S.A. y...

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