Resolución de Gabinete Nº 212 de 9 de diciembre de 2008, 'QUE EXCEPTÚA A LA CAJA DE SEGURO SOCIAL DEL REQUISITO DE LICITACIÓN PÚBLICA, LA AUTORIZA A CONTRATAR DIRECTAMENTE, CON EL MINISTERIO DE SALUD, LA PROVISIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DE SALUD, INCLUYENDO LA SEPARACIÓN Y COMPENSACIÓN DE COSTOS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS ENTRE AMBAS INSTITUCIONES A LA POBLACIÓN ASEGURADA Y NO ASEGURADA DEL PAÍS, CON EXCEPCIÓN DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SALUD Y DE SAN MIGUELITO, LAS CUMBRES Y CHILIBRE, POR EL PERÍODO DE DOS AÑOS, COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO DE 2003 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y EMITE CONCEPTO FAVORABLE AL CONVENIO DAL-025-2008'

RESOLUCIÓN DE GABINETE No.212

(de 9 de diciembre de 2008)

Que exceptúa a la Caja de Seguro Social del requisito de licitación pública, la autoriza a contratar directamente, con el Ministerio de Salud, la Provisión de Servicios de Atención de Salud, Incluyendo la Separación y Compensación de Costos por los Servicios Prestados entre Ambas Instituciones a la Población Asegurada y No Asegurada del País, con excepción de la Región Metropolitana de Salud y de San Miguelito, Las Cumbres y Chilibre, por el período de dos años, comprendido del 1 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2004 y emite concepto favorable al Convenio DAL-025-2008

EL CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el Director General de la Caja de Seguro Social ha solicitado a la Ministra de Salud que presente a la consideración del Consejo de Gabinete, solicitud de excepción del requisito de licitación pública, autorización para contratar directamente, con el Ministerio de Salud, la Provisión de Servicios de Atención de Salud, Incluyendo la Separación y Compensación de Costos por los Servicios Prestados entre Ambas Instituciones a la Población Asegurada y No Asegurada del País, con excepción de la Región Metropolitana de Salud y de San Miguelito, Las Cumbres y Chilibre, por el período de dos años, comprendido del 1 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2004, y el concepto favorable al Convenio DAL-025-2008;

Que para los años 2003 y 2004, la Caja de Seguro Social y el Ministerio de Salud consideraron necesario mantener vigente esta alianza estratégica, basada en la necesidad funcional y financiera de coordinar la prestación de servicios de salud entre ambas instituciones, ya que se continuó brindando atención de salud a la población en el interior del país, aun cuando no se celebró convenio, en aras de resolver las demandas de los pacientes asegurados y no asegurados y optimizar, a su vez, los recursos del Estado;

Que realizada consulta a la Contraloría General de la República, ésta señaló que, indistintamente de que las Autoridades de ambas instituciones no fueran las mismas de los años 2003- 2004, se tendría que hacer honor a los compromisos adquiridos, máxime que de hecho se dieron los...

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