Adenda Nº 1 de 14 de septiembre de 2006, "POR LA CUAL SE MODIFICAN LAS CLAUSULAS TERCERA Y SEXTA DEL CONTRATO No. AL-1-06-06 SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y LA EMRPESA ALMACENADORA NACIONAL, S.A., PARA FORMALIZAR PRORROGA DE 60 DIAS CALENDARIO"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

PROYECTO DE DINAMIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL

PRESUPUESTO DE INVERSIONES EN INSTITUCIONES

PRIORITARIAS DEL SECTOR PÚBLICO

PAN/95/001/01/00

MEF/MOP/MIVI/ME/MINSA/PNUD

ADENDA Nº1 AL

CONTRATO Nº AL-1-06-06

Por la cual se modifican las cláusulas TERCERA y SEXTA del Contrato Nº AL-1-06-06, y la Cláusula 18 de las Condiciones Especiales del Pliego de Cargos, suscrito entre el Ministerio de Obras Públicas y la empresa Almacenadora Nacional, S.A., para formalizar prórroga de 60 días calendario y Prórroga de 98 días calendario para la entrega de equipos respectivamente.

Entre los suscritos a saber: BENJAMÍN COLAMARCO PATIÑO, varón, panameño, mayor de edad, vecino de esta ciudad, con cédula de identidad personal Nº8-177-682, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS y CARLOS ALBERTO VALLARINO, varón, panameño, mayor de edad, vecino de esta ciudad, con cédula de identidad personal Nº4-102-1577, en calidad de DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO DE DINAMIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INVERSIONES EN INSTITUCIONES PRIORITARIAS DEL SECTOR PÚBLICO, actuando en nombre y representación del Estado, quienes en lo sucesivo se denominarán EL ESTADO, por una parte, y por la otra, RICARDO SANTIAGO SUÁREZ SOGO, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal NºN-12-323, actuando en nombre y representación de la empresa ALMACENADORA NACIONAL, S.A., debidamente inscrita en el Registro Público, Sección de Micropelícula Mercantil a Ficha 265476, Rollo 36940, Imagen 56, quien en lo sucesivo se denominará EL CONTRATISTA, han convenido en celebrar la presente Adenda Nº 1 al Contrato N°AL-1-06-06 y al Pliego de Cargos, para la “REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE AVENIDAS Y CALLES EN EL DISTRITO DE ARRAIJÁN, CORREGIMIENTO DE CERRO SILVESTRE, PROVINCIA DE PANAMA”, de acuerdo a los siguientes términos:

PRIMERO: La cláusula TERCERA quedará así:

TERCERA: DURACIÒN DEL CONTRATO

EL CONTRATISTA se obliga formalmente a concluir la ejecución de la obra dentro de los DOSCIENTOS DIEZ (210) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la Orden de Proceder.

SEGUNDO: La cláusula SEXTA quedará así:

SEXTA: FIANZA

EL ESTADO declara que EL CONTRATISTA ha presentado una Fianza Definitiva o de Cumplimiento por el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor total del Contrato, que responde por la ejecución completa y satisfactoria de la obra, la cual ha sido constituida mediante la Fianza de Cumplimiento No.85B55158 de ASSA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A...

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