Resolución CNV Nº 327-07 de 26 de diciembre de 2007, "POR LA CUAL SE REGISTRA LOS SIGUIENTES VALORES DE LA SOCIEDAD HIPOTECARIA METROCREDIT, S.A., PARA SU OFERTA PÚBLICA".

REPUBLICA DE PANAMA

COMISION NACIONAL DE VALORES

RESOLUCION CNV No.327-07

De 26 de diciembre de 2007

La Comisión Nacional de Valores en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la sociedad denominada Hipotecaria Metrocredit, S.A., es una sociedad anónima organizada de conformidad con las leyes de la República de Panamá, constituida mediante Escritura Pública 6763 del 24 de Octubre de 1994, inscrita en la Ficha 293941, Rollo 44055, Imagen 0045 de la Sección de Micropelícula (Mercantil) del Registro Público de la República de Panamá, ha solicitado mediante apoderados especiales y en calidad de emisor, el registro de valores para ser objeto de oferta pública.

Que de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 2 del Artículo 8 del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, corresponde a la Comisión Nacional de Valores resolver sobre las solicitudes de registro de ofertas públicas que se le presenten.

Que la información suministrada y los documentos aportados cumplen con los requisitos establecidos por el Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 y sus reglamentos, estimándose procedente resolver de conformidad.

Que vista la opinión de la Dirección Nacional de Registro de Valores e Informes de Emisores según informe de fecha 20 de diciembre de 2007 que reposa en el expediente.

Que vista la opinión de la Dirección Nacional de Asesoría Legal según informe de fecha 20 de diciembre de 2007 que reposa en el expediente.

RESUELVE:

Primero: REGISTRAR los siguientes valores de la sociedad Hipotecaria Metrocredit, S.A., para su oferta pública:

Programa de Valores Comerciales Negociables (VCN's), hasta Tres Millones de Dólares (US$3,000,000.00) moneda de los Estados Unidos de América.

Fecha de Oferta: 28 de diciembre de 2007

Devengarán una tasa de interés fija de 7.75% anual. Se pagarán mensualmente hasta el vencimiento del respectivo VCN el 21 de diciembre de 2008.

El Pago de Capital se realizará mediante un solo pago al vencimiento del respectivo VCN.

Estarán garantizados por un Fideicomiso de Garantía Irrevocable constituido con ABS Trust, conformado por créditos con garantía de hipotecas de propiedades d sus clientes o de efectivo, quedando claro que el efectivo aportado podrá ser invertido en títulos valores. Los créditos con garantía hipotecaria tendrán un avalúo equivalente al 200% del importe de los Valores Comerciales Negociables emitidos y en circulación. Cuando los aportes sean en efectivo éstos serán reconocidos a la par y por su valor...

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