Resolución Nº 28/08 de 21 de noviembre de 2008, 'POR MEDIO DE LA CUAL SE INSCRIBE A LA SOCIEDAD PLAZA MILENIO, S.A., EN EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO'.

RESOLUCION No.28/08

De 21 de noviembre de 2008.

EL ADMINISTRADOR GENERAL LA AUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No.3/02 de 21 de enero de 2002, la Junta Directiva del Instituto Panameño de Turismo ordenó la inscripción en el Registro Nacional de Turismo de la empresa PLAZA MILENIO S.A., (en español) y MILLENIUM PLAZA, S.A., (en inglés), para la construcción y operación del establecimiento comercial MILENIUM PLAZA, para la realización de la actividad de alojamiento público turístico, con un total de 210 habitaciones, discoteca, jacuzzi, salones de reuniones, conferencias, áreas de recreo, en base a las disposiciones de la Ley No. 8 de 1994.

Que la empresa PLAZA MILENIO S.A., (en español) y MILLENIUM PLAZA, S.A., (en inglés), a través de apoderado legal, ha presentado solicitud a la Autoridad de Turismo de Panamá, a fin de que se le reconozca la exoneración del impuesto de inmueble sobre las mejoras que constituyen el establecimiento de hospedaje público denominado SHERATON FOUR POINTS HOTEL COLON, en virtud de que las mejoras realizadas fueron reconocidas como propiedad de la empresa, a través de un proceso de "Título Constitutivo de Dominio", el cual fue ventilado en el Juzgado Segundo del Circuito de Colón, Ramo Civil. Dicho proceso consta en Escritura Pública No. 419 de 23 de octubre de 2007, en la cual se describen las mejoras que constituyen el establecimiento de hospedaje público. De igual forma, la empresa solicita se le reconozca la exoneración del impuesto sobre la renta, por encontrarse ubicada dentro de una zona de desarrollo turístico.

Que al momento de emitirse la Resolución No. 3/02 de 21 de enero de 2002, la empresa PLAZA MILENIO S.A., (en español) y MILLENIUM PLAZA, S.A., (en inglés), se hizo acreedora a los incentivos fiscales contemplados en el artículo 8 de la Ley No. 8 de 1994, con excepción de la exoneración del impuesto de inmueble, debido a que la empresa no era propietaria de los terrenos sobre los cuales se construye el establecimiento de alojamiento público, los cuales son propiedad de la Zona Libre de Colón, Institución con la cual la empresa mantiene un contrato de arrendamiento. De igual forma, a la fecha del reconocimiento de los incentivos fiscales, el proyecto se encontraba fuera de zona de desarrollo turístico, tal y como fuera delimitada por la Resolución de Gabinete No. 251 de 27 de noviembre de 1996.

Que la empresa PLAZA MILENIO S.A., (en...

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