Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Agosto de 1993

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución12 de Agosto de 1993
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado M.E.B., defensor de oficio de Distrito Judicial, solicitó ante el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial fianza de excarcelación a favor del señor C.B., contra quien se instruye sumario por la muerte de JUAN DE DIOS NIETO AVILA.

La referida solicitud no obtuvo pronunciamiento de fondo por el tribunal ad-quem, toda vez que éste se inhibió del conocimiento del negocio y declinó competencia ante los jueces de circuito, tras considerar que el delito investigado debe ser calificado como lesiones agravadas y no como homicidio doloso.

Contra esta decisión, la Fiscalía Primera Superior del Cuarto Distrito Judicial, anunció en el acto de notificación recurso ordinario de apelación (fs. 9).

Ahora bien, observa la Corte que el presente negocio no debió haber sido enviado a esta Corporación de Justicia, pues de conformidad con el artículo 702 del Código Judicial, aplicable al proceso penal según la regla contenida en el artículo 1971 ibidem, es irrecurrible la resolución en la que el...

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