Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 16 de Agosto de 1996

Fecha de Resolución16 de Agosto de 1996
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado I.O.A.F. ha presentado solicitud de fianza excarcelaria en favor de E.A.S.R., sindicado por delito contra la Administración Pública.

El actor fundamenta su solicitud, principalmente, en los siguientes hechos:

Que el delito por el que se investiga al Sr. S.R. lo tipifica el artículo 324 del Código Penal;

Que el artículo 2162 del Código Judicial le permite a su defendido el beneficio a la fianza;

Q.R.A.L.H.C. fue quien sacó las piezas y accesorios de la Mitsubishi Montero color gris oscuro -propiedad de la Dirección Regional de Aduanas-, tal como lo señaló el Sr. R.D. CASTILLO.

Que DUCASA CASTILLO manifestó que sacó de su taller al Sr. HUSEIN, por ser el vehículo propiedad del Estado.

Cuestiona el solicitante la postura del Sr. HUSEIN, quien afirma que no sabía que el vehículo en cuestión era propiedad del Estado.

Que el Sr. S. nunca estuvo presente cuando se realizó el intercambio de piezas y accesorios.

Observa esta Corporación de Justicia que en este negocio existen dos vertientes a examinar. Primero, si hubo "culpa" o "dolo" en la situación planteada, para determinar si en realidad cabía detener preventivamente a S.R.; y, en caso positivo, determinar si estaba en verdad justificada la medida precautoria.

El incipiente expediente revela que las piezas fueron cambiadas por el Sr. R.H. en el taller del Sr. R.D.; cuando este se percató que el vehículo era del Estado, mandó a sacarle las piezas en otra parte, según su propia declaración.

A fojas 4 a 6 del infolio, se observa la declaración jurada -en la Agencia de la Policía Técnica Judicial de Veraguas- en la que HUSEIN CAMARENA denuncia a E.S., de haberle estafado la suma de doscientos once (B/.211.00) balboas, toda vez que este último le ofreció ciertas piezas que le faltaban a su vehículo, un M.M. -relojes, asientos, sillones delanteros, etc.- acordando que lo llamaría si las conseguía. Días después lo llamó, ofreciéndole las piezas de un automóvil de su propiedad, que estaba estacionado en Plaza Palermo, entonces ambos remolcaron dicho auto al taller de REYNALDO DUCASA; allí SAMANIEGO le entregó las llaves del auto, y lo "autorizó" a intercambiar las piezas del mismo por la suma de dinero antes mencionada.

El señor DUCASA se enojó porque lo vio sacarle las piezas a la Mitsubishi Montero, y le ordenó que lo sacara de su taller, sino lo haría él, ya que no quería problemas con las autoridades; al devolver el auto de aduanas a Plaza Palermo, ya le había instalado las piezas en...

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