Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 26 de Junio de 1995

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución26 de Junio de 1995
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La firma forense QUIROZ MURILLO Y ASOCIADOS, actuando en su condición de apoderada legal de J.C., ha presentado escrito en el que comunica su desistimiento del recurso de apelación que anunciara contra resolución proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia el 21 de abril de 1995, mediante la cual deniega el derecho a fianza de excarcelación impetrado a favor de la señora C.. En el mismo escrito la referida firma forense renuncia al poder especial que le fuera conferido por la sindicada.

El desistimiento del medio de impugnación fue presentado ante el Segundo Tribunal de justicia, luego de concedido el recurso en el efecto diferido y remitida la causa a esta Corporación de Justicia, mediante oficio 2127-S de 2 de junio de 1995.

En cuanto al desistimiento comunicado, la Sala considera que debe ser acogida pues, conforme lo establece el artículo 1073 del Código Judicial, las partes se encuentran legalmente facultadas para desistir de los recursos que interpusieren.

Por lo que hace a la renuncia del poder, la Sala estima necesario llamar la atención sobre el mandato del artículo 635 del Código...

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