Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 11 de Agosto de 2015

PonenteGabriel Elías Fernández M.
Fecha de Resolución11 de Agosto de 2015
EmisorPleno

VISTOS: Ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el proceso seguido a A.P.B. y C.A.S., por la presunta comisión de un delito Contra la Administración Pública, en perjuicio de la Junta Comunal del Corregimiento de El Espino, en el Distrito de S.C., que inicia a través del Informe de Auditoría Especial N°02-577-2012-DINAG-DESAGOL, realizado por la Contraloría General de la República "Relacionado con los Fondos y Proyectos manejados por la Junta Comunal de El Espino, Distrito de S.C.; así como el Programa de Desarrollo Social a través de Municipio y Juntas Comunales". COMPETENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A través del Acto Legislativo N° 1, de 27 de julio de 2004, se introdujo importantes reformas a nuestra Constitución Nacional, destacándose, entre ellas, el aumento de atribuciones constitucionales y legales a esta máxima Corporación de Justicia, en lo atinente al juzgamiento de los miembros de la Asamblea Nacional, las cuales se encuentran contenidas en los artículo 155 y 206, numeral tercero de la Constitución, que establecen lo siguiente: "Artículo 155: Los miembros de la Asamblea Nacional podrán ser investigados y procesados por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, por la presunta comisión de algún acto delictivo o policivo, sin que para estos efectos se requiera autorización de la Asamblea Nacional. La detención preventiva o cualquier medida cautelar será determinada por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia. ... Artículo 206: La Corte Suprema de Justicia tendrá, entre sus atribuciones constitucionales y legales, las siguientes: 1... 2... 3. Investigar y procesar a los Diputados. Para efectos de la investigación, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia comisionará a un agente de instrucción. Las decisiones de la Corte en el ejercicio de la atribuciones señaladas en este Artículo son finales, definitivas, obligatorias y deben publicarse en la Gaceta Oficial." En resumen, se colige de los citados artículos, que es competencia de la Corte Suprema de Justicia, el desarrollo de la etapa sumaria en todo proceso que se siga contra un miembro de la Asamblea Nacional, por la supuesta comisión de un hecho ilícito. Pues bien, sin entrar en mayores análisis de fondo, es preciso destacar que, si bien, el señor A.P.B., fue postulado en las pasadas elecciones realizadas el 4 de mayo de 2014, como Diputado (suplente) y como R. (principal), por el Partido Movimiento Liberal Republicano y Cambio Democrático; se cuenta con las...

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