Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 22 de Octubre de 2015

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2015
EmisorPleno

VISTOS: Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la compulsa de copia autenticada que fuera remitida por la Procuraduría General de la Nación, relacionada al proceso electoral de nulidad de la elección y proclamación de la Diputada del Circuito 7-2 de la Provincia de los Santos, M.D.C.V.A. de D., interpuesto por el doctor D.A.T., en nombre y representación del señor O.F.F., a fin que esta Colegiatura determine la posible comisión de algún delito de los contemplados en el Código Penal o Leyes Especiales. ANTECEDENTES Mediante Resolución de 16 de octubre de 2014, el Tribunal Electoral, acogió la demanda de nulidad parcial de la elección y proclamación de Diputado del circuito 7-2 de la provincia de Los Santos, declaró la nulidad de la misma, y, en consecuencia ordenó la celebración de nuevas elecciones en las mesas impugnadas dentro de ese Circuito Electoral. De igual forma, dispuso la compulsa de copias autenticadas del expediente al Ministerio Público, la Fiscalía Electoral y la Contraloría General de la República, para el mérito legal correspondiente (fs. 3846-3891). En ese sentido, el 30 de noviembre de 2014 fueron realizadas las elecciones parciales para Diputado en el Circuito 7-2 de la Provincia de Los Santos, cuyos resultados, adicionados a los del resto de las mesas no impugnadas del circuito, dieron como ganadora de la contienda a la señora M.V.A. de D.. Luego de la proclamación de la señora V. de D. como diputada del circuito 7-2, el Tribunal Electoral mediante Resolución de 12 de diciembre de 2014, dispuso ordenar la compulsa de copias al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, para que decidiera si había mérito legal o no para iniciar un proceso penal en su contra (f. 3944). Básicamente la resolución de 16 de octubre de 2014, proferida por el Tribunal Electoral de Panamá, decretó la nulidad de las elecciones para Diputado en quince (15) mesas a saber, 2426, 2438, 2442, 2448, 2459, 2460, 2505, 2508, 2541, 2547, 2548, 2567, 2446, 2447 y 2486; y consecuentemente, la anulación de la proclamación de la señora M.V. de D., como Diputada Principal del Circuito Electoral 7-2 de la provincia de Los Santos y convocó a nuevas elecciones en las mesas antes señaladas. DECISION DEL PLENO DE LA CORTE SUPREMA Advierte el Pleno haber tenido la ocasión de pronunciarse respecto a la admisibilidad de la causa relacionada al expediente contentivo del proceso electoral de nulidad de la elección y proclamación de la diputada del circuito 7-2 de la provincia de Los Santos, M.D.C.V.A. de D.,interpuesto...

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