Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 10 de Diciembre de 2019

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2019
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 10 de diciembre de 2019

Materia: Tribunal de Instancia

Solicitud ante el Pleno

Expediente: 1001-12

VISTOS:

Conoce el Pleno de esta Corporación de Justicia, de la solicitud de aclaración de la Resolución de 13 de marzo de 2019, por medio de la cual dirime la alzada de la acción de derechos fundamentales presentada por la firma forense G. & Asociados en representación de A.I.V.A. y J.G.S.V., contra la prueba testimonial rendida por el señor M.P.V., el día 13 de junio de 2012, ante su acogida por el Juez Séptimo de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá dentro del proceso ordinario de mayor cuantía promovido contra MMG TRUST, S.A., y Dresdner Lateinamerika AG.

La decisión dictada por este Tribunal, en su parte medular, es del siguiente tenor:

"...

El amparista sostiene que el concepto de violación a la garantía constitucional del debido proceso reconocido en el artículo 32 de la Constitución Nacional, en relación al artículo 199, numerales 8, 9 y 12 se da por razón de que el juez constato (sic) dicha ilicitud, ilegalidad y prohibición y no la declaró.

En este orden de ideas, cabe señalar que, de manera reiterada y constante, el Pleno de la Corte ha señalado para el supuesto en que se formulen cargos relacionados con la valoración de las pruebas, que éste viene a ser un debate circunscrito a la interpretación y aplicación de disposiciones legales referente a las pruebas.

Debemos recordar al amparista, que el propósito de la acción de amparo no es de realizar un control de legalidad de dichos actos, sino cuando de estos actos se originen infracciones al orden constitucional, o bien se considere, que se pueda haber vulnerado los derechos fundamentales de la parte, por lo anterior, corresponde a esta alta Corporación de Justicia confirmar la decisión recurrida.

En virtud de lo anterior, el PLENO de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la Resolución de 23 de octubre de 2012, expedida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá.

Notifíquese"

(fs.194) (Subraya El Pleno)

La parte resolutiva del pronunciamiento transcrito, es cuestionada por la firma forense G. & Asociados, reiterando que el testimonio del Dr. M.P., se admitió y practicó, pese a ser ilícito, prohibido e ilegal; por lo que se viola el debido proceso instituido en el...

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