Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 16 de Diciembre de 2009

Número de expediente572-D
Fecha16 Diciembre 2009

VISTOS:

La Procuradora General de la Nación, licenciada A.M.G.R., remitió a esta Sala la solicitud de acumulación de los procesos iniciados en atención a la querella interpuesta por el licenciado HUGO POLO FLORES, apoderado judicial del señor P.E.B., contra la licenciada NURSY PERALTA NÚÑEZ, Fiscal del Circuito Judicial de Veraguas, unidades de la otrora Policía Técnica Judicial y Agentes de la Policía Nacional, a quienes atribuye la supuesta comisión de delitos Contra la Seguridad Colectiva (Asociación Ilícita), Contra la Fe Pública (Falsificación de Documentos en General) y Contra la Administración de Justicia (Simulación de Hechos Punibles y Calumnia en Actuaciones Judiciales) y el sumario remitido a esta Superioridad, en virtud de la compulsa de copias decretada por la Fiscalía Superior del Segundo Distrito Judicial, dentro de la investigación penal promovida por el licenciado H.P.F., en su condición de representante legal del señor P.E.B., contra el licenciado J.C.S., Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, al que responsabiliza por la comisión de delitos Contra la Seguridad Colectiva, Contra la Fe Pública y Contra la Administración de Justicia.

FUNDAMENTOS DE LA SOLICITUD

La señora Procuradora señala que el licenciado HUGO POLO interpuso una querella contra los agentes de instrucción NURSY E. PERALTA NÚÑEZ y J.C.S., quienes ejercieron el cargo de Fiscal Delegado de Drogas de las Provincias de Coclé y Veraguas, entre otros, por sus actuaciones dentro del proceso penal seguido contra P.E.B. por los delitos contra la salud pública y la seguridad colectiva.

Apunta la máxima representante del Ministerio Público que dichas sumarias fueron iniciadas por la licenciada PERALTA y le correspondió al licenciado CARABALLO concluir la investigación; éste último emitió la Vista Fiscal en la que solicitó el llamamiento a juicio del señor P.E.B.. Por su parte, el Juzgado Segundo del Circuito Judicial, Ramo Penal, de la Provincia de Veraguas, mediante Auto N° 994 de 2 de agosto de 2007, sobreseyó provisionalmente al señor BONILLA de los cargos por el delito contra la salud pública y de manera definitiva por el delito contra la seguridad colectiva, decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial mediante resolución de 21 de febrero de 2008.

La investigación generada por la querella del licenciado POLO fue identificada con el número de entrada 153-09.

Por otra parte, la señora Procuradora señala...

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