Resolución Nº AN 116 de 30 de junio de 2006, POR LA CUAL SE SOMETE A CONSULTA PUBLICA LA PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE EXPANSION DEL SISTEMA INTERCONECTADO NACIONAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006, PRESENTADO POR LA EMPRESA DE TRANSMISION ELECTRICA, S.A.

REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución AN N° 116 -Elec Panamá, 30 de julio de 2006

Por la cual se somete a Consulta Pública la Propuesta de actualización del Plan de Expansión del Sistema Interconectado Nacional correspondiente al año 2006, presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S. A.

El Administrador General, en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructura el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;

  2. Que la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley No. 10 de 26 de febrero de 1998, 'Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad', establece el régimen al que se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;

  3. Que el numeral 1 del artículo 20 de la Ley 6 de 1997, le atribuye a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (en adelante la Autoridad) la función de regular el ejercicio de las actividades del sector de energía eléctrica, para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos y de viabilidad financiera, así como propiciar la competencia en el grado y alcance definidos por la mencionada Ley e intervenir para impedir abusos de posición dominante de los agentes del mercado;

  4. Que el numeral 2 del artículo 20 de la referida Ley 6, establece que son funciones de la Autoridad vigilar y controlar el cumplimiento de las leyes y actos administrativos a los que estén sujetos quienes prestan el servicio público de electricidad y sancionar sus violaciones;

  5. Que el numeral 4 del artículo 79 de la Ley No. 6 de 1997, otorga a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., la responsabilidad de preparar el Plan de Expansión del Sistema Interconectado Nacional, que en adelante se llamará Plan de Expansión;

  6. Que el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 22 del 19 de junio de 1998, que...

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