Resolución Nº 393 de 24 de junio de 2008, "POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO TÉCNICO DGNTI-COPANIT 36-475- 2008 PRIMERA ACTUALIZACIÓN. TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS- SOPAS, BASES, CREMAS, CALDOS Y CONSOMÉS"
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGIA INDUSTRIAL
REGLAMENTO TECNICO
DGNTI-COPANIT-36-475-2008
TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS
SOPAS, BASES, CREMAS, CALDOS y CONSOMES
ICS.: 67.080.20 - 67.120.99
Primera actualización
Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI)
Comisión Panameña de Normas Industriales y Técnicas (COPANIT
Apartado Postal 0815-01119 Panamá, Panamá
PREFACIO
La Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI), del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) es el Organismo Nacional de Normalización encargado por el Estado del Proceso de Normalización Técnica, Evaluación de la Conformidad, Certificación de Calidad, Metrología y Conversión al Sistema Internacional de Unidades (SI).
El Comité Técnico es el encargado de realizar el estudio y revisión de las normas y reglamentos técnicos, está integrado por representantes del sector público y privado.
Esta Norma en su etapa de proyecto, ha sido sometida a un período de discusión pública de sesenta (60) días, durante el cual los sectores interesados emitieron sus observaciones y recomendaciones.
El Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 36-475-2008 ha sido oficializada por el Ministerio de Comercio e Industrias mediante Resolución N° 393 de 24 de junio de 2008, y publicada en Gaceta Oficial N°_________ del_______de__________ de 2008.
Miembros Participantes del Comité Técnico:
Don Don Company
Gladys de Sánchez
Avipac Inc.
Gilberto Moreno
Unilever C.A.
Claudia Aguirre
Rosibel Muñóz
Mario Villeda
Alexis Acosta
Baltimore Spice Panamá
Juan Pablo Miranda
Nestlé Panamá
Janeth González
David Osorio
Ernesto Johston
Rafael Gutiérrez
Productos La Doña
Marta G. Rosanía
Café Durán
Edgar Lombardo
Laboratorio de Alimentos y Aguas del Instituto Conmemorativo Gorgas
Jacqueline Pinzón
AUPSA
Humberto Bermúdez
DEPA/MINSA
Aracelis de Vergara
Carmela Castillo
Carlos González
Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia
Arquímedes Picota
Técnica Normalizadora responsable del Comité Técnico Tecnología de los Alimentos - Sopas, Bases, Cremas, Caldos y Consomés: Mayela Ma. Ortega P.
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
RESOLUCIÓN N° 393 PANAMÁ 24 de junio de 2008
El Viceministro de Industrias y Comercio
En uso de sus facultades legales
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 93 del Título II de la Ley N° 23 de 15 de julio de 1997, la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI), del Ministerio de Comercio e Industrias, es el Organismo Nacional de Normalización, encargado por el Estado del proceso de Normalización Técnica, y facultada para coordinar los Comités Técnicos y someter los proyectos de Normas, elaborados por la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial, o por los Comités Sectoriales de Normalización a un período de discusión pública.
Que mediante nota de la empresa Avipac, Inc. de 15 de Marzo de 2005, solicitó la revisión del Reglamento Técnico DGNTI - COPANIT 36-475-00 Deshidratados: Sopas, Caldos y Consomés.
Que el Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 36-475-2008 Primera actualización Tecnología de los Alimentos Sopas, Bases, Cremas, Caldos y Consomés, fue a un período de discusión pública por sesenta (60) días, a partir del lunes 17 de marzo de 2008.
Que de acuerdo al artículo 95 Título II de la precitada Ley, la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias velará porque los Reglamentos Técnicos sean establecidos en base a objetivos legítimos, tales como la seguridad nacional, la prevención de prácticas que puedan inducir a error, la protección de la salud o seguridad humana, de la vida o salud vegetal o animal, o del medio ambiente.
Que la presente solicitud se fundamenta en los siguientes argumentos:
Que es necesario actualizar la normalización relativa a los productos alimenticios, de tal forma que se establezcan requisitos mínimos de producción que garanticen que los productos consumidos posean la calidad organoléptica, nutricional y a la vez la calidad sanitaria (alimentos inocuos) que no afecte la salud de las personas.
Que es necesario establecer la vigilancia de los productos alimentitos que se comercializan en el país, ya sea nacionales o importados. Los reglamentos técnicos son una herramienta práctica para lograr de forma preventiva proteger la salud de los consumidores.
Que la ausencia de reglamentos técnicos nos coloca en desventaja como país desprotegiendo la salud de nuestra población.
Que se hace necesario establecer y mantener las medidas de protección de la salud o seguridad humana de la vida o salud animal o vegetal o medio ambiente, seguridad nacional, la prevención de prácticas que puedan inducir a error.
RESUELVE
Aprobar el Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 36-475- 2008 Primera actualización. Tecnología de los Alimentos - Sopas, Bases, Cremas, Caldos y Consomés de acuerdo al tenor siguiente:
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS
REGLAMENTO TECNICO
SOPAS, BASES, CREMAS, CALDOS y CONSOMES
DGNTI-COPANIT
36-475-2008
Primera actualización
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- OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
La presente reglamentación tiene por objeto definir...
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