Resolución CNV Nº 223-2009 de 15 de julio de 2009, 'POR LA CUAL SE IMPONE MULTA DE TRES MIL BALBOAS (B/.3,000.00) A LA CASA DE VALORES B STOCKS, S.A. POR LA MORA DE TREINTA (30) DÍAS HÁBILES EN LA PRESENTACIÓN DE SUS ESTADOS FINANCIEROS ANUALES AUDITADOS CORRESPONDIENTES AL AÑO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2008'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESOLUCIÓN CNV No.223-2009

De 15 de julio de 2009

La Comisión Nacional de Valores,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo No. 2-2000 de 28 de febrero de 2000; y el Acuerdo No. 8-2000 de 22 de mayo del 2000, y sus modificaciones, la Comisión Nacional de Valores adoptó las normas aplicables a la forma y contenido de los Estados Financieros que deban presentar las personas sujetas a reporte, según el Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999;

Que el Acuerdo No. 8-2005 de 20 de junio del 2005, establece criterios para la imposición de multas administrativas por mora en la presentación de Estados Financieros e Informes a la Comisión Nacional de Valores;

Que de conformidad con el Artículo 2 del citado Acuerdo No. 8-2005 de 20 de junio del 2005, la mora en la presentación de Estados Financieros se sancionará acumulativamente así:

  1. Con amonestación durante los primeros cinco (5) días hábiles de mora.

  2. Con Multa de SETENTA Y CINCO BALBOAS (B/.75.00) por día, durante los siguientes diez (10) días hábiles de mora.

  3. Multa de CIENTO CINCUENTA BALBOAS (B/.150.00) por día, durante los siguientes quince (15) días hábiles de mora, hasta un máximo de TRES MIL BALBOAS (B/.3,000.00) por informe moroso.

Que la Casa de Valores, B STOCKS, S.A. presentó sus Estados Financieros Anuales correspondientes al año terminado el 31 de diciembre de 2008, el día 15 de mayo de 2009 con treinta (30) días hábiles de mora;

Que en virtud de lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo No.8 de 2005 de 20 de junio de 2005, la Dirección Nacional de Mercados de Valores e Intermediarios le solicitó mediante correo electrónico el día 21 de mayo de 2009, a la Apoderada General, en ausencia del Oficial de Cumplimiento, de la Casa de Valores explicaciones sobre la mora en la remisión de dicho documento a la Comisión;

Que la Casa de Valores, a la fecha no ha dado respuesta a las explicaciones solicitadas.

Que habiéndose dado la oportunidad a la Casa de Valores de ser previamente oída, y con base en sus atribuciones legalmente conferidas, esta Comisión considera que las explicaciones no fueron aportadas en tiempo oportuno; por lo...

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