Resolución Nº 16 de 16 de diciembre de 2008, 'POR LA CUAL SE AUTORIZA A LA EMPRESA CEMENTO BAYANO, S.A., PARA ACTUAR COMO SUBCONTRATISTA TÉCNICO Y FINANCIERO DE LA EMPRESA PAUL GAMBOTTI, S.A., TITULAR DEL CONTRATO Nº 44 DE 11 DE JULIO DE 2006, PARA LA EXPLOTACIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS'

REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE COMERCIO E INDSTRIAS
DESPACHO SUPERIOR
DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS MINERALES
RESOLUCIÓN Nº 16 PANAMÁ, 16 DE diciembre DE 2008
LA MINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIAS,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante memorial presentado a este Despacho por la Firma de Abogados Arosemena, Noriega & Contreras, con
oficinas ubicadas en la Calle Elvira Méndez No.10, Edificio Interseco, Segundo Piso, Ciudad de Panamá, en su condición
de Apoderados Especiales de la empresa PAUL A. GAMBOTTI, S.A., solicita se declare a la empresa CEMENTO
BAYANO, S.A., como Subcontratista técnico y financiero de la Concesión amparada en el Contrato Nº 44 de 11 de julio
de 2006 suscrito entre el Estado y la empresa PAUL A. GAMBOTTI, S.A.,
Que la empresa PAUL A. GAMBOTTI, SA., es titular del Contrato Nº 44 de 11 de julio de 2006, para la explotación de
minerales no metálicos (piedra de cantera) en tres (3) zonas de 391 hectáreas, ubicadas en los corregimientos Cabecera y
Veracruz, distrito de Arraiján, provincia de Panamá e identificada con el símbolo PAGSA-EXTR(piedra de
cantera)98-23;
Que el Artículo 111 del Código de Recursos Minerales, establece que todo concesionario, previa aprobación del
Ministerio de Comercio e Industrias podrá encargar una parte o la totalidad de sus operaciones a un contratista, siempre
que éste sea persona capaz de adquirir o ejercer una concesión minera en la República de Panamá, pero no se afectará la
responsabilidad del concesionario;
Que mediante Resolución Nº 2008-112 de 28 de agosto de 2008, la Dirección Nacional de Recursos Minerales declaró a
la empresa CEMENTO BAYANO, S.A., elegible para tener derecho a concesiones mineras;
Que se han llenado todos los requisitos exigidos por la Ley para tener derecho a lo solicitado,
RESUELVE:
PRIMERO: AUTORIZAR a la empresa CEMENTO BAYANO, S.A., para actuar como Subcontratista Técnico y
Financiero de la empresa PAUL GAMBOTTI, S.A., titular del Contrato Nº 44 de 11 de julio de 2006, para la explotación
de minerales no metálicos (piedra de cantera) en tres (3) zonas de 391 hectáreas, ubicadas en los corregimientos Cabecera
y Veracruz, distrito de Arraiján, provincia de Panamá.
SEGUNDO: Queda entendido que la concesionaria PAUL GAMBOTTI S.A., continuará siendo responsable ante el
Estado por el cumplimiento de todas las obligaciones adquiridas en las concesiones.
TERCERO: La presente Resolución admite recurso de Reconsideración en el término de cinco (5) días hábiles a partir de
su notificación.
FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 111 y 168 del Código de Recursos Minerales.
NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
GISELA ÁLVAREZ DE PORRAS
Ministra de Comercio e Industrias
MANUEL JOSÉ PAREDES
Viceministro de Industrias y Comercio
1No 26222 Gaceta Oficial Digital, jueves 12 de febrero de 2009

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