Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 11 de Septiembre de 2014

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2014
EmisorPleno

VISTOS:

Conoce el P. de la Corte Suprema de Justicia el sumario contentivo de la denuncia presentada por D.E.A.A., por la presunta comisión de delito Contra el Patrimonio Económico, en perjuicio de la sociedad GRUPO LA HACIENDA, S.A.

ANTECEDENTES

La instrucción sumarial que nos ocupa inició con la denuncia presentada por D.E.A.A., ante la Personería Municipal del Distrito de Boquerón, Provincia de Chiriquí, el día 20 de julio de 2011, con el propósito que se investigara la presunta comisión de un delito Contra el Patrimonio Económico, en perjuicio de la sociedad GRUPO LA HACIENDA, S.A., de la cual aduce es su representante legal.

Refirió A.A., que para la fecha del 18 de julio de 2011, se forzaron los candados de la bodega de dicha empresa, y se sustrajeron los elevadores de granos que se encontraban dentro de la misma. Señaló además que su empleado D.M. lo llamó en horas de la mañana de ese día para comunicarle que unas personas se habían apersonado en un vehículo a la bodega y violentaron los candados, no permitiéndole entrar a la misma para percatarse de lo que se estaban llevando, cerciorándose después que eran los elevadores de granos que tienen un valor aproximado de cuatro mil quinientos a cinco mil balboas (B/.4,500.00 a B/. 5,000.00).

Sobre el autor de los hechos, el denunciante señaló como presuntos autores al señor F.B., quien era suplente de Diputado para esa fecha, y a R.H..

Finalmente, el denunciante aportó copia de la certificación del Registro Público que acredita la existencia de la propiedad donde se encuentra ubicada la bodega; y copia simple de la certificación expedida por esa misma institución acerca de la existencia y representación legal de la sociedad Grupo La Hacienda, S.A.

La Personería Municipal de Boquerón remitió posteriormente el expediente a la esfera circuital. En este sentido, la Fiscalía Primera del Circuito Judicial de Chiriquí, mediante resolución de 22 de agosto de dos mil once (2011), se avocó al conocimiento del sumario, y dispuso la práctica de las diligencias encaminadas al esclarecimiento de los hechos

Previa solicitud del despacho instructor, el Tribunal Electoral mediante Nota No. 3406/SG de 7 de diciembre de 2011, remitió copia autenticada de la credencial otorgada a F.A.B.S., que acreditaba su condición de Diputado Suplente de R.B.M., por el Circuito 4-1, Provincia de Chiriquí, correspondiente al período constitucional 2009-2014 (fs. 303-304).

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