Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 2ª de lo Penal, 5 de Diciembre de 2007

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2007
EmisorSala Segunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado SYDNEY

SITTON presentó ante la Procuraduría General de la Nación denuncia contra el

licenciado J.A.A., en su condición de Fiscal Primero Especializado

en Delitos Relacionados con Drogas por la presunta comisión de delito Contra la

Administración Pública. (Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de

Servidores Públicos)

El denunciante manifestó que la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, bajo la responsabilidad del licenciado J.A.A., instruye sumario por presunto ilícito de blanqueo de capitales contra F.B. y otros.

De acuerdo con el denunciante dentro de las investigaciones correspondientes se incorporó informe preparado por la Unidad Sensitiva de la Policía Técnica Judicial en el cual destaca que diversas empresas radicadas en la Zona Libre de Colón, presuntamente, recibían dinero ilícito proveniente de México. El licenciado SITTON explicó que a pesar de ello el fiscal ALMENGOR no llevó a cabo investigaciones contra las compañías señaladas, lo cual implica que el funcionario rehusó llevar a cabo actos inherentes a sus deberes.

Según el licenciado SITTON el fiscal ALMENGOR violó los artículos 29 y 31 del Texto Único de la Ley de Drogas, porque ordenó la desaprehensión de cuentas bancarias, como se deriva de la nota de 24 de abril de 2006, suscrita por la sub-gerente de Asesoría Legal del establecimiento bancario Banistmo. En este sentido el denunciante refirió que el fiscal no estaba facultado para adoptar la mencionada medida.

A juicio del licenciado SITTON el fiscal denunciado incurrió en delito de Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de Servidores Públicos, previstos en los artículos 336 y 338 del Código Penal. (v.f. 1 a 5).

Mediante Vista No. 0052 de 11 de octubre de 2007 la Procuraduría General de la Nación solicitó el archivo de la encuesta por falta de prueba sumaria. (v.f. 493 a 499).

Los delitos de Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de los Servidores Públicos son de naturaleza subsidiaria. Esto significa que sólo se aplican o tienen lugar en el evento que la conducta denunciada o querellada no encuadre dentro de otro tipo penal.

En el caso que nos ocupa la conducta del licenciado ALMENGOR no tiene, según se deriva de autos, adecuación típica a ningún comportamiento contrario a derecho de forma específica, por tanto, la acusación formulada por el licenciado SITTON debe sujetarse a los lineamientos que establecen los delitos de Abuso de Autoridad e Infracción de...

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