Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 2ª de lo Penal, 17 de Diciembre de 2007

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2007
EmisorSala Segunda de lo Penal

VISTOS:

Ha ingresado en grado de apelación, ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, el Auto Nº130 P.I. de 14 de agosto de 2007, proferido por el Segundo Tribunal Superior, mediante el cual dicta un SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de Carácter Objetivo e Impersonal, dentro de las sumarias En Averiguación instruidas por el delito Abuso de Autoridad e Infracción de los Servidores Públicos, en perjuicio de la firma forense CARRILLO BRUX & ASOCIADOS.

AUTO APELADO

El Tribunal de primera instancia, al dirimir el presente negocio, se pronunció en los siguientes términos:

"... En el caso que nos ocupa, al realizar la valoración del presente proceso contentivo de la querella instaurada por la firma Forense Carrillo Brux & Asociados en contra del Juez Primero Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá, Licenciado Emiliano Pérez; la Secretaria Judicial del Juzgado Primero Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá, Licenciada Z.M.; y el Fiscal Primero Especializado en Asuntos de Familia y el Menor, Licenciado A.P., la Sala estima que no se extraen actos, conductas o comportamientos de naturaleza dolosa, que acrediten de manera fehaciente el aspecto objetivo del delito de Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de los Servidores Públicos denunciado, en ese orden de ideas, se aclara que la propia Firma Forense Carrillo Brux & Asociados incorporó copias de la declaración jurada de Bertrice Atie de Harrick, mediante la cual se afirma y ratifica de su queja presentada para la fecha del 16 de mayo de 2007 a fin de investigar irregulariadades dentro de la Vista Fiscal No 163 de 18 de abril de 2007, proferida po la Fiscalía Primera Especializada en Asuntos de Familia y el Menor (fs.29-29 y 4647), las cuales justifican el actuar del Licenciado A.P. a fin de agilizar las investigaciones referentes al proceso disciplinario instaurado por una de las partes involucradas en el proceso de divorcio bajo exámen, situación que se agrava ante la falta de centros de copiados eficientes en los Tribunales, y por lo cual la practica tribunalicia permite solicitar el cuaderno penal para sacar las copias en su Despacho, y de esta forma colaborar con la administración de justicia.

Ahora bien, el argumento esbozado con relación a la demora en la emisión de la sentencia correspondiente por parte del Juez Primero Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá, no puede servir de base para proferir una sentencia condenatoria por delito de Abuso de Autoridad, al haber prestado el expediente al funcionario de instrucción para sacar unas copias a fin de ventilar un proceso disciplinario que guarda relación con una de las partes involucradas, toda vez que en este tipo de delitos es requisito que el funcionario acusado haya cometido el acto abusivo en detrimento de una persona y con conciencia de la ilicitud del acto que ejecutaba o de la ilegalidad de la conducta cumplida, más cuando en las actuaciones de los funcionarios públicos se presume la buena fe, así lo ha...

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