Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 2ª de lo Penal, 30 de Noviembre de 2007

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2007
EmisorSala Segunda de lo Penal

VISTOS:

Procedente de la Procuraduría General de la Nación, ingresa a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para su debida calificación, las Sumarias en Averiguación seguidas contra las Licenciadas YOLANDA AUSTIN QUINTERO Fiscal Tercera Anticorrupción y M.G.S., Fiscal Duodécima de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, por la presunta comisión de un delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

EL QUERELLANTE

El Licenciado Modesto Cerrud Duarte presentó Querella por el delito de Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de los Servidores Públicos, en virtud de sus actuaciones como funcionarias de instrucción en el proceso incoado por el querellante contra A.S., Tesorero Municipal del Municipio de Panamá; L.R., R.L. de la Junta Comunal de Chilibre y otros, por la presunta comisión de delitos Contra el Patrimonio.

Manifiesta el querellante que para el mes de septiembre de 2006 ingresó a la Fiscalía Duodécima de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, la querella penal indicada en líneas superiores, la cual es remitida sin ningún adelanto a la Fiscalía Anticorrupción de turno.

Aduce que estando radicado el expediente en la Fiscalía Tercera Anticorrupción se encuentra sin ningún avance aún cuando se ha acreditado la prueba de la preexistencia de la propiedad y el señalamiento directo contra los funcionarios querellados. Agrega que la única actuación de la Fiscal Tercera ha sido solicitar al señor A.S., copia del expediente del Proceso Administrativo de su persona (M.C.D.. Acción con la que se cuestiona la manera como la F.Y.A.Q. ha manejado discrecionalmente la investigación, sin tomar en cuenta las reiteradas solicitudes y pruebas aportadas en la querella.

Califica como conductas criminales por parte de la Fiscal Tercera la ausencia de respuesta de los escritos de declinación de competencia. A su vez responsabiliza a la Licenciada Yolanda Austin de manejar equivocadamente el sumario que da origen a esta querella, pues los señores S. y R. lo despojaron del Mini super V. Unida, rompiendo el candado de su propiedad y colocando otro en la puerta principal del negocio, sin que hasta la fecha la Fiscal Tercera Anticorrupción haya hecho nada al respecto, a pesar de haber transcurrido más de tres meses sin haberse adelantado nada.

Agrega

que es errónea la interpretación de la Fiscalía Duodécima de Circuito del

Primer Dsitrito Judicial de Panamá, en cuanto al delito que se configura como

Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de los Servidores Públicos

(Contra la Adminsitración Pública).

Expresa que los prenombrados actuaron dolosamente contra de su negocio,

el Mini super V. Unida, configurando

el delito contra el...

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