Acuerdo Nº 59 de 16 de octubre de 2007, "POR EL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO DE COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO Nº 55 DE 05 DE SEPTIEMBRE DE 2007 Y SE AUTORIZA A LOS SUPERVISORES DE CAMPO ASIGNADOS A LAS UNIDADES TÉCNICAS OPERATIVAS PARA LLEVAR A CABO LAS INSPECCIONES OCULARES EN LOS TRÁMITES DE TRASPASO DE DERECHOS POSESORIOS QUE SE REALIZAN ANTE DIRECCIÓN NACIONAL DE REFORMA AGRARIA."

REPUBLICA DE PANAMÁ

PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS

COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

ACUERDO Nº 59

(De 16 de Octubre de 2007)

"Por el cual se modifica el Acuerdo de Comité Técnico Operativo Nº 55 de 05 de septiembre de 2007 y se autoriza a los Supervisores de Campo asignados a las Unidades Técnicas Operativas para llevar a cabo las inspecciones oculares en los trámites de traspaso de derechos posesorios que se realizan ante Dirección Nacional de Reforma Agraria."

El Comité Técnico Operativo

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Ejecutivo N° 124 de 12 de septiembre de 2001, publicado en la Gaceta Oficial N° 24,390 de 18 de septiembre de 2001, se estableció la estructura de funcionamiento para el Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT).

Que las Instituciones Ejecutoras del Programa son: Por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales (DCBP); por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), la Dirección Nacional de Reforma Agraria (DINRA); por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), la Dirección Nacional de Áreas Protegidas; por el Ministerio de Gobierno y Justicia, la Dirección Nacional de Gobiernos Locales y la Dirección de Política Indigenista; por el Ministerio de Obras Públicas, el Instituto Geográfico Nacional "Tommy Guardia"; y el Registro Público de Panamá.

Que la Ley 24 de 5 de Julio de 2006 de conformidad con el artículo 2, estableció que los Acuerdos emanados del Comité Técnico Operativo tienen un carácter obligatorio y por ende sus orientaciones deben ser asumidas por los entes ejecutores en el marco de los procesos de regularización y titulación masiva de tierras.

Que mediante Acuerdo Nº 55 de 5 de septiembre de 2007 se autorizó a los inspectores de campo a los que se refiere el numeral 2 del artículo 12 del Decreto Ejecutivo 228 de 27 de septiembre de 2006, asignados a la Unidades de Técnicas Operativas (UTO´s) a verificar en campo los predios catastrados a través del Sub-Programa de Titulación y Catastro del Programa de Modernización de los Servicios Agropecuarios (OC-PN/924), y por el Programa Nacional de Administración de Tierras, a efectos de verificar la identidad del poseedor del predio.

Que no obstante, se hace necesario especificar que al referirse a los predios catastrados por el Programa Nacional de Administración de Tierras, se refiere exclusivamente a los trabajos realizados en la Región de Chiriquí Oriente de conformidad con el Contrato F...

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