Decreto de Gabinete Nº 6 de 16 de febrero de 2009, 'QUE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO MODIFICATORIO NO.1 AL CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 1790/OC-PN, SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) EL 29 DE DICIEMBRE DE 2006, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL'

DECRETO DE GABINETE No.6

(de 16 de febrero 2009)

Que autoriza la suscripción del Contrato Modificatorio No.1 al Contrato de Préstamo No. 1790/OC-PN, suscrito entre la República de Panamá y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el 29 de diciembre de 2006, para la ejecución del Programa de Electrificación Rural

EL CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, en su estrategia de electrificación rural, se encuentra actualmente ejecutando acciones mediante un programa para aumentar el acceso de la población rural a servicios de electricidad, a fin de reducir la pobreza y mejorar las condiciones de vida de la población, incrementando la eficiencia de los recursos públicos utilizados en el subsector de electrificación rural;

Que el Decreto de Gabinete No.46 del 22 de noviembre de 2006, publicado en la Gaceta Oficial digital No. 25,679 de 24 de noviembre de 2006, autorizó la suscripción del Contrato de Préstamo No. 1790/OC-PN entre la República de Panamá, en calidad de prestatario, y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en calidad de prestamista, por la suma de hasta treinta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$30,000,000.00), como aporte de financiamiento para el mencionado programa;

Que dicho Contrato de Préstamo No.1790/OC-PN fue debidamente suscrito el día 29 de diciembre de 2006, y el mismo se encuentra en ejecución acorde al cronograma establecido para el programa, toda vez que el plazo para desembolsos de dicho financiamiento es hasta por el término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de firma;

Que la ejecución del programa está a cargo de la Oficina de Electrificación Rural del Ministerio de la Presidencia de la República de Panamá, organismo que ha solicitado modificaciones a las Cláusulas 4.02, 4.03, 4.06 y 4.07 de las Estipulaciones Especiales y ajustes en algunos de los párrafos del Capítulo IV del Anexo Único, con la finalidad de facilitar la ejecución del programa;

Que el costo total del programa no sufre aumento en el monto de hasta treinta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$35,000,000.00), compuesto por el...

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