Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 7 de Agosto de 2002

PonenteCÉSAR PEREIRA BURGOS
Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2002
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado M.E.B., en su condición de defensor de oficio de A.A.C., a quien le imputan el delito de homicidio en perjuicio de J.J.R.S., ha formalizado recurso de apelación contra el auto de 5 de junio de 2002, proferido por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial que niega la solicitud de medida cautelar distinta a la detención preventiva.

De acuerdo al recurrente, el Tribunal Superior le niega la medida cautelar sin haber valorado las declaraciones de A.A.C.A. (fs. 24-27) y de M.R. (f. 167). En cuanto a la declaración de C., plantea que fue la única persona que pudo percibir cuando J.R., es decir, el fallecido, empujó a C. y le dio una puñalada en el abdomen (f.24, cuaderno de fianza). En cambio, explica el recurrente, el auto apelado utiliza la declaración del cantinero J.P.C. (fs. 22-23) quien no tenía mejor visibilidad porque cuando ocurría el hecho, estaba atendiendo a los clientes (f.24, cuaderno de fianza).

El recurrente solicita la sustitución de la detención preventiva de Castillo, toda vez que actuó ante un instinto de conservación, pues J.R. era una persona de alta peligrosidad, y había sido condenado por un homicidio.

Concluye el recurrente con la apreciación que Aen todo caso, el hecho tendría las características de las lesiones agravadas con causa muerte, no del homicidio doloso...@ (F.25, cuaderno de fianza).

De acuerdo con el expediente, los hechos ocurrieron el 31 de marzo de 2002 en el Jardín Verónica de Sabanagrande, Distrito de Los Santos, provincia del mismo nombre, donde se produjo una riña entre A.A.C. De Gracia y J.J.R.S..

El protocolo de necropsia reveló que R. presentaba nueve heridas producidas por un cuchillo. Una de esas heridas ocasionadas con cuchillo se encontró en la tetilla izquierda que interesó arteria, nervio y vena intercostal, penetró la cavidad torácica y lóbulo pulmonar superior izquierdo (f203). Concluye el informe médico con el criterio que R. falleció por shock hipovolémico, hemotorax izquierdo, hemorragia branquial izquierda (f.199).

Por otra parte, el examen médico practicado al imputado A.C. estableció que presentaba una herida punzocortante sub-clavicular derecha, profunda pero no penetró la cavidad torácica; una herida de arma blanca en el abdomen izquierdo, con penetración profunda que afectó el colon descendente y que produjo una hemorragia abdominal con peligro de contaminación del peritoneo , que puso en peligro la vida de Castillo (f.126). El dictamen también se refiere a unas heridas cortantes en el dorso de los dedos pulgar, medio, anular y meñique...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR