Contrato Nº AL-1-67-07 de 25 de junio de 2007, "SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y LA EMPRESA TECNI-TRAC, S.A., S.A., PARA LA REHABILITACIÓN DEL CAMINO MARIATO - PLAYA REINA, PROVINCIA DE VERAGUAS".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

CONTRATO Nº AL-1-67-07

Entre los suscritos, a saber: BENJAMÍN COLAMARCO PATIÑO, varón, panameño, mayor de edad, casado, con cédula de identidad personal N° 8-177-682, vecino de esta ciudad, Ministro de Obras Públicas, actuando en nombre y representación del Estado, quien en lo sucesivo se llamará EL ESTADO, por una parte, y EDWIN PAULINO CAMARGO, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal N° 2-103-1493, quien actúa en nombre y representación de la empresa TECNI - TRAC, S.A., sociedad debidamente inscrita en el Registro Público, Sección de Micropelícula Mercantil a Ficha 297460, Rollo 44830, Imagen 121, con Registro Comercial Nº 0227, por la otra parte, quien en lo sucesivo se llamará EL CONTRATISTA, tomando en cuenta el concepto favorable emitido por el Consejo Económico Nacional mediante nota CENA/185 de fecha 24 de mayo de 2007, por medio de la cual se autorizó la excepción de procedimiento de selección de contratista, la autorización de contratación directa y aprobación del Contrato Nº AL-1-67-07, tomando en cuenta la SOLICITUD DE OFERTAS N° 14-07, para la "REHABILITACIÓN DEL CAMINO MARIATO - PLAYA REINA, PROVINCIA DE VERAGUAS", celebrada el día 12 de febrero de 2007, hemos convenido suscribir el presente contrato, de conformidad con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.

EL CONTRATISTA se compromete a realizar por su cuenta todos los trabajos de: conformación de calzada, colocación de tuberías de hormigón reforzado, colocación de capa base, colocación de material selecto, colocación de tratamiento superficial asfáltico, señalamiento vial, etc. , para la "REHABILITACIÓN DEL CAMINO MARIATO - PLAYA REINA, PROVINCIA DE VERAGUAS", de acuerdo a las especificaciones, planos o croquis establecidos por EL ESTADO, así como por el mantenimiento por 5 años.

SEGUNDA: PRINCIPIO DE INTEGRACIÓN DEL CONTRATO.

EL CONTRATISTA acepta que las Condiciones Contractuales, Especificaciones Técnicas y Suplementarias, Planos, Adendas, contenidas en el Documento de Bases y demás documentos preparados por la Dirección Nacional de Administración de Contratos de EL ESTADO, para la ejecución de la obra arriba indicada, así como su propuesta, son anexos de este contrato, y por lo tanto forman parte integrante del mismo, obligando tanto a EL CONTRATISTA como a EL ESTADO, a observarlos fielmente.

Para los efectos de interpretación y validez, se establece el orden de jerarquía de los documentos, así:

El Contrato.

El Documento de Bases.

La Propuesta.

TERCERA: DURACIÓN DEL CONTRATO.

EL CONTRATISTA se obliga formalmente a iniciar y concluir la etapa de construcción de la Obra, dentro de los CIENTO VEINTE (120) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha de la Orden de Proceder; y dar el Mantenimiento de la Vía (de acuerdo a Términos de Referencia del Documento de Bases), a partir de la fecha del Acta de Recepción...

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