Resolución Nº AN N°2249-Telco de 18 de diciembre de 2008, 'POR LA CUAL SE ESTABLECEN PARA EL AÑO 2009, TRES (3) PERÍODOS EN LOS CUALES LOS INTERESADOS PODRÁN NOTIFICAR A LA AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, ANTES DEL INICIO DE LOS TRABAJOS CORRESPONDIENTES, SU INTENCIÓN DE CONSTRUIR NUEVAS INSTALACIONES DEDICADAS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES, ELECTRICIDAD, RADIO Y TELEVISIÓN'

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN No.2249-Telco Panamá, 18 de diciembre de 2008

"Por la cual se establecen para el año 2009, tres (3) períodos en los cuales los interesados podrán notificar a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, antes del inicio de los trabajos correspondientes, su intención de construir nuevas instalaciones dedicadas a la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión."

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006 se reestructuró el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como un organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así como la distribución y transmisión de gas natural;

  2. Que es política del Estado, en materia de servicios públicos, promover que todos los concesionarios presten dichos servicios conforme a los principios de tratamiento igual entre usuarios en circunstancias similares, asegurando la continuidad, calidad, eficiencia y la leal competencia entre los concesionarios que presten los servicios de telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, entre otros;

  3. Que el Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, emitió el Decreto Ejecutivo No. 138 de 15 de junio de 1998, por el cual se dictan normas para la utilización de instalaciones dedicadas a la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, radio y televisión;

  4. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 23 de 22 de junio de 1998, se incorporó el servicio público de electricidad al contenido del Decreto Ejecutivo No. 138 de 15 de junio de 1998;

  5. Que de acuerdo al Artículo 69 del Decreto Ejecutivo No. 138 de 1998, la Autoridad Reguladora mediante aviso publicado en dos (2) diarios de circulación nacional por tres (3) días consecutivos en el mes de diciembre, pondrá en conocimiento de los interesados un mínimo de tres (3) períodos en los cuales se recibirán las notificaciones sobre la intención de los concesionarios de construir nuevas instalaciones antes del inicio de los trabajos correspondientes;

  6. Que en virtud de las consideraciones que se dejan anotadas, es necesario que esta Entidad Reguladora fije los...

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