Adenda Nº 2 de 24 de agosto de 2006, "POR LA CUAL SE MODIFICAN LAS CLAUSULAS TERCERA Y SEXTA DEL CONTRATO No. AL-1-71-05, SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y LA EMPRESA CORPORACION M & S INTERNACIONAL CA, S.A., PARA FORMALIZAR PRORROGA DE 22 DIAS CALENDARIO"
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
PROYECTO DE DINAMIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL
PRESUPUESTO DE INVERSIONES EN INSTITUCIONES
PRIORITARIAS DEL SECTOR PÚBLICO
PAN/95/001/01/00
MEF/MOP/MIVI/ME/MINSA/PNUD
ADENDA Nº2 AL
CONTRATO Nº AL-1-71-05
Por la cual se modifican las cláusulas TERCERA y SEXTA del Contrato Nº AL-1-71-05, suscrito entre el Ministerio de Obras Públicas y la empresa Corporaciòn M & S Internacional CA, S.A., para formalizar prórroga de 22 días calendario
Entre los suscritos a saber: BENJAMÍN COLAMARCO PATIÑO, varón, panameño, mayor de edad, vecino de esta ciudad, con cédula de identidad personal Nº 8-177-682, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS y CARLOS ALBERTO VALLARINO, varón, panameño, mayor de edad, vecino de esta ciudad, con cédula de identidad personal Nº 4-102-1577, en calidad de DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO DE DINAMIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INVERSIONES EN INSTITUCIONES PRIORITARIAS DEL SECTOR PÚBLICO, actuando en nombre y representación del Estado, quienes en lo sucesivo se denominarán EL ESTADO, por una parte, y por la otra, ISANDRO A. IBÀÑEZ RUSSO, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal Nº 8-173-756, actuando en nombre y representación de la empresa CORPORACIÓN M & S INTERNACIONAL CA, S.A., debidamente inscrita en el Registro Público, Sección de Micropelícula Mercantil a Ficha 1106, Rollo 409464 Imagen 1, quien en lo sucesivo se denominará EL CONTRATISTA, han convenido en celebrar la presente Adenda Nº 2 al Contrato N° AL-1-71-05, para la “REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE AVENIDAS Y CALLES EN EL DISTRITO DE SAN MIGUELITO, CORREGIMIENTO DE OMAR TORRIJOS, PROVINCIA DE PANAMA”, de acuerdo a los siguientes términos:
PRIMERO: La cláusula TERCERA quedará así:
TERCERA: DURACIÒN DEL CONTRATO
EL CONTRATISTA se obliga formalmente a concluir la ejecución de la obra dentro de los CIENTO NOVENTA Y SIETE (197) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la Orden de Proceder.
SEGUNDO: La cláusula SEXTA quedará así:
SEXTA: FIANZA
EL ESTADO declara que EL CONTRATISTA ha presentado una Fianza Definitiva o de Cumplimiento por el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor total del Contrato, que responde por la ejecución completa y satisfactoria de la obra, la cual ha sido constituida mediante la Fianza de Cumplimiento No. 070-001-000001987-000000 de la CIA. INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A., por la suma de QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE BALBOAS CON 25/100 (B/.523,997.25), vigente...
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