Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 7 de Agosto de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La licenciada A.F., actuando en nombre y representación del BANCO NACIONAL DE PANAMÁ, ÁREA CENTRAL, ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, tercería excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que el BANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO le sigue a O.S..

Admitida la tercería excluyente, mediante la resolución de 19 de diciembre de 2003 se le corrió traslado de la misma al ejecutado, al ejecutante y a la Procuradora de la Administración.

La licenciada F. sustentó la tercería excluyente en los siguientes términos:

"PRIMERO: Según Escritura No. 2614 de treinta y uno (31) de octubre del dos mil (2000) corrida en la Notaría Pública del Circuito de H., el BANCO NACIONAL DE PANAMA, SUCURSAL SONA, otorgó préstamo por la suma de SIETE MIL QUINIENTOS BALBOAS (B/.7,500.00), a el señor O.S.S., cedulado No. 9-159-76.

SEGUNDO

Para garantizar dicho préstamo, el señor O.S.S., cedulado No. 9-159-76, gravó con Primera Hipoteca y Anticresis a favor del BANCO NACIONAL DE PANAMA, por la suma de SIETE MIL QUINIENTOS BALBOAS (B/. 7,500.00), más sus intereses, hasta su total cancelación, primas y gastos de cobranza y gastos legales y de cualquier otra índole a que haya lugar, ya sean estos judiciales o extrajudiciales sobre el siguiente bien inmueble:

  1. Finca No. 24871, documento 62697, perteneciente a O.S.S., de la Sección de la Propiedad, del Registro Público, de la Provincia de Veraguas, cuyas medidas, linderos, superficie y demás detalles constan en el Registro Público.

TERCERO

El contrato de Hipoteca y Anticresis que pesa sobre la finca que se menciona en el segundo hecho, se encuentra inscrito y vigente en el Registro Público, en la Sección de Hipotecas y Anticresis a la ficha 237467, documento 184137, desde el 20 de diciembre de 2000.

CUARTO

Mediante Auto No. 047-02 de fecha veintiséis (26) de septiembre de dos mil (2002), del Juzgado Ejecutor del Banco de Desarrollo Agropecuario, Provincias Centrales, se elevó a embargo el secuestro decretado mediante Auto No. 022-01 de fecha veinte (20) de junio de dos mil (2001), por la cuantía de B/. 180.49 (ciento ochenta balboas con cuarenta y nueve centavos) a capital e intereses y B/. 19.00 (diecinueve balboas) de gastos de cobranza, sobre la finca No. 24871, documento reg. 62697 de la Sección de Propiedad, del Registro Público, provincia de Veraguas de propiedad de O.S.S..

SOLICITUD: En atención a que el derecho real de Hipoteca y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR