Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, 7 de Noviembre de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2007
EmisorSala Tercera de lo Contencioso Administrativo

VISTOS:

La firma OLMOS y OLMOS, actuando en representación de F.A., ha interpuesto Tercería Excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue el Banco Nacional de Panamá a J.R.A..

Mediante resolución de catorce (14) de junio de dos mil siete (2007), se admite la presente tercería y se ordena correrle traslado a las partes por el término de tres (3) días.

I- FUNDAMENTOS DE LA TERCERÍA EXCLUYENTE

El licenciado GENEROSO OLMOS, fundamenta el recurso argumentando que el Banco Nacional de Panamá le otorgó préstamo a J.R.A., el día catorce (14) de julio de 2000 y mediante Auto No. 124 de 6 de febrero de 2006, embargó el globo de terreno en derechos posesorios, cuya superficie es de 70Has y comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: M.S. y P.M.; Sur: E.B.; Este: J.S.; R.B..

De igual forma señala que su representado F.J.A.S., mantiene solicitud de Adjudicación a título oneroso ante el Funcionario Sustanciador de la Reforma Agraria de Bocas del Toro desde el 15 de 1997, sobre un globo de terreno con los siguientes linderos: Norte: M.S.; Sur: E.B.; Este: J.S.; Oeste: R.B.. Dicho terreno es el mismo que ha sido embargado por el Banco Nacional, en el proceso ejecutivo seguido contra J.R.A..

Agrega

también, que su representado F.J.A.S., dio en garantía

al Banco de Desarrollo Agropecuario, los derechos posesorios constituidos

dentro de los linderos siguientes: Norte: J.S.; S.R.B.;

Este: M.S.; y, O.: P.M.. Los derechos posesorios sobre

este terreno, ofrecidos en garantía al Banco de Desarrollo Agropecuario, están

ubicados el Alto Guabito, Corregimiento de Barú, Distrito de KanKintu, Comarca

Ngbe Bugle, conforme consta en el Contrato Privado de Préstamo suscrito entre

el Banco de Desarrollo Agropecuario, Gerencia de Bocas del Toro y FRANCISCO

JAVIER ARAÚZ.

Los terrenos descritos y los colindantes, corresponden al mismo globo de terreno, y es éste el que aparece en la solicitud hecha por su representado ante la Reforma Agraria en Bocas del Toro, el 15 de septiembre de 1997, solicitud ésta que se constituye en título de dominio a favor de su representado.

Con base en lo anterior, el licenciado OLMOS solicita se levante el Embargo decretado sobre el globo de terreno descrito, cuyos derechos posesorios pertenecen a su representado F.J.A.S., quien mantiene posesión de los mismos desde hace más de quince (15) años.

  1. OPOSICIÓN A LA TERCERÍA EXCLUYENTE

    Por su

    parte, el Banco Nacional de Panamá se opone al tercería excluyente...

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