Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 22 de Abril de 2015

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución22 de Abril de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: BANCO GENERAL, S.A., a través de la representación del Licenciado. Á.N.S.P., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, Tercería Excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que el Banco Nacional de Panamá, le sigue a J.C.H.. Mediante resolución de veintinueve (29) de diciembre de dos mil catorce (2014), se admite la presente tercería y se ordena correrle traslado a las partes por el término de tres (3) días. FUNDAMENTOS DE LA TERCERÍA EXCLUYENTE El apoderado judicial del BANCO GENERAL, S.A., sustentó la Tercería Excluyente en los siguientes términos: PRIMERO: Mediante Escritura Pública No. 3205 de 12 de abril de 2010, de la Notaría Tercera del Circuito, de Panamá, el señor JULIO CESAR HERNÁNDEZ constituyó Primera Hipoteca y Anticresis a favor del BANCO GENERAL, S.A., hasta por la suma de US $ 29,400.00, moneda de curso legal de los estados Unidos de América sobre la finca No. 65914, inscrita al documento redi 1760473, de la Sección de la Propiedad, Provincia de Veraguas del Registro Público. SEGUNDO: JULIO CESAR HERNÁNDEZ, para garantizar todas y cada una de las obligaciones contraídas con la institución bancaria BANCO GENERAL, S.A., así como para garantizar el pago de la suma de US $ 29,400.00 a capital, más los intereses pactados, costas y gastos de cobranza judiciales o extrajudiciales, primas de seguros, impuestos pagados por el Banco y demás gastos de cualquier índole, constituyeron primera hipoteca y anticresis sobre la finca de su propiedad distinguida con el No. 65914, inscrita al documento redi 1760473 de la Sección de la Propiedad, Provincia de Veraguas del Registro Público. Dicha hipoteca y anticresis fue debidamente inscrita en el Registro Público en la ficha 477364, documento redi 1760473, de la Sección de Hipotecas y Anticresis del Registro Público el 20 de abril de 2010. TERCERO: Que mediante nota No. 14(03161-01-14-240-P) 1549-J-2 de 2 de septiembre de 2014, el Juzgado Ejecutor del Banco Nacional de Panamá de la Provincia de H., dentro del Proceso por Cobro Coactivo interpuesto en contra de JULIO CESAR HERNÁNDEZ, comunicó al BANCO GENERAL, S.A., que decretó secuestro elevado a Embargo, sobre la finca No. 65914, inscrita al documento redi 1760473, de la Sección de la Propiedad, Provincia de Veraguas, del Registro Público, fin de que haga valer sus derechos como acreedor hipotecario. CUARTA: La presente solicitud de Tercería Excluyente se fundamenta en la Escritura Pública No. 3205 de 12 de abril de 2010 la cual constituye título ejecutivo al tenor del artículo 1613 del Código Judicial y cumple con lo requerido por el artículo 1764 de Código Judicial, ya que es anterior...

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