Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 9 de Enero de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma Alemán, C., G. &L., actuando en nombre y representación de PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema tercería excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que el Ministerio de Economía y Finanzas le sigue a C.S.P..

La firma Alemán, C., G. &L. fundamenta la tercería excluyente en los siguientes términos:

PRIMERO: Mediante Escritura Pública No.4329 de 13 de junio de 2000 de la Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, el señor C.E.S.P., reconoció deber al PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A. (antes BANCO DE LATINOAMÉRICA, S.A.-BANCOLAT) la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL DOLARES (US$65,000.00), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional.

SEGUNDO: Para garantizar el pago del préstamo recibido del PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A. (antes BANCO DE LATINOAMÉRICA, S.A.-BANCOLAT), así como el cumplimiento de toas y cada una de las obligaciones consagradas en la Escritura Pública en referencia, EL DEUDOR constituyó a favor de esta institución bancaria Primera Hipoteca y Anticresis sobre la finca No.90045 inscrita al rollo 1990, documento 1 y sobre la finca No.87756 inscrita al rollo 1492, documento 2 ambas de la Sección de la Propiedad del Registro Público de la Provincia de Panamá hasta por la suma de SESENTA Y CINCO MIL DÓLARES (US$65,000.00), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional.

TERCERO: La hipoteca y anticresis a que se refiere el hecho SEGUNDO anterior fue debidamente inscrita en el Registro Público en la ficha 227949, documento 120193 Sección de Micropelículas (Hipotecas y Anticresis) desde el 20 de junio de 2000.

CUARTO: La Juez Administradora Regional de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante auto de secuestro 213-JC-427 fechado 10 de octubre de 2001, decretó secuestro a favor del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS y en contra del señor C.E.S.P. sobre la finca No.90045 inscrita al rollo 1990, documento 1 y sobre la finca No.87756 inscrita al rollo 1492, documento 2, ambas de la Sección de la Propiedad del Registro Público de la Provincia de Panamá, dentro del proceso ejecutivo que el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINAZAS le sigue a dicho demandado.

QUINTO: Este secuestro fue entrado al diario del Registro Público el día 5 de noviembre de 2001.

SEXTO: Los gravámenes hipotecarios y anticréticos constituidos a favor del PRIMER BANCO DEL...

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