Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 29 de Marzo de 2005

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2005
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada D.U. de B., actuando en nombre y representación de PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema tercería excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas le sigue a Volar Leasing, S.A. (ahora De la Guardia De Obarrio, S.A.)

La licenciada D.U. de B. fundamenta la tercería excluyente en los siguientes términos:

"PRIMERO: El día 7 de mayo de 2003, se dictó dentro del proceso de Cobro Coactivo propuesto por la Dirección General de Ingresos contra Volar Leasing, S.A. el Auto de Secuestro No.213-JC-2181 en el cual se ordenaba el secuestro de los bienes de propiedad de la sociedad demandada, esto es VOLAR LEASING, S.A. (AHORA DE LA GUARDIA DE OBARRIO, S.A.)

SEGUNDO

Que PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A.-BANISTMO-, celebró con la sociedad VOLAR LEASING, S.A. un contrato de Préstamo garantizado con hipoteca de bienes muebles por la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DÓLARES CON 00/100 (US$555,000.00), contrato que fue consignado en Escritura Pública Nº220 de 11 de enero de1999, de la Notaría Quinta del Circuito de Panamá.

TERCERO

Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas con BANISTMO, la deudora demandada VOLAR LEASING, S.A. gravó con hipoteca de bienes muebles en la misma Escritura Pública Nº220, varios automóviles de su propiedad dentro de los cuales se encuentran los identificados como:

  1. -Un auto marca Mitsubushi MN20, modelo Nativa, motor número 6G72HK7564 con un valor de TRECE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE DÓLARES CON 25/100 (US$13,887.25).

  2. -Un auto marca Renault, megane classic, sedán, motor DA 13906 por un valor de NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA DÓLARES (US$9,450.00)

  3. -Un auto marca Renault, modelo megane classic, tipo Sedán, motor D029679 por un valor de ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA DÓLARES (US$11,250.00).

  4. -Un auto marca Samsung, sedán, motor SR20021974 por un valor de OCHO MIL CIEN DÓLARES (US$8,100.00).

  5. -Un auto marca Mitsubishi canter, motor 4D32F80305 por un valor de CATORCE MIL DÓLARES.

  6. -Un auto marca Mitsubishi MN25, modelo Nativa, motor 6G72HR2777 con un valor de TRECE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE DÓLARES CON 25/100 (US$13,887.25).

  7. -Un auto marca Mitsubishi Diamante, Sedán, motor 6G74MO98757 con valor de QUINCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA DÓLARES (US$15,750.00)

  8. -Un auto marca...

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