Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 10 de Julio de 2009

PonenteHipólito Gill Suazo
Fecha de Resolución10 de Julio de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada N.V. en representación del BANCO NACIONAL DE PANAMÁ, ha presentado tercería excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Administración Provincial de Ingresos de Panamá a G.G..

Mediante Auto de 11 de febrero de 2009, la Sala admitió la presente tercería y corrió traslado en los términos que establece la Ley, al ejecutado, al ejecutante y al Ministerio Público.

  1. ARGUMENTOS DEL TERCERISTA

    El tercerista señala que mediante Escritura N°24131 de 18 de marzo de 2002, corrida en la Notaría Primera del Circuito de Panamá, inscrita a la Ficha N°268482, Documento 3821, Sección de Hipoteca y Anticresis del Registro Público, desde el 27 de agosto de 2002, el Banco Nacional de Panamá, otorgó a G.G. de la Cruz y N.E.V.B., Préstamo Hipotecario por la suma de veintitrés mil novecientos ochenta y cinco centésimos (B/.23,985.00) garantizado con Primera Hipoteca y Anticresis sobre finca N°216959 inscrita al rollo 1, documento 382131, correspondiente a la Provincia de Panamá, del Registro Público, de propiedad de G.G..

    Que el Juzgado Ejecutor de la Administración Provincial de Ingresos, mediante Auto 213-JC-2038 de 15 de noviembre de 2003, decretó secuestro sobre la finca No. 216959, inscrita en el Registro Público de Panamá al rollo 1, documento 382131 tomo 725, folio 420, asiento 1 de la Sección de la Propiedad, provincia de Panamá, de propiedad del ejecutado, es decir, el señor G.G..

    Agrega el tercerista, que el Juzgado Ejecutor del Banco Nacional de Panamá, mediante Auto N°195 J-3 de 12 de julio de 2004, declaró de plazo vencido la obligación contraída por los señores G.G. y N.E.V.B., decretando formal Embargo sobre la finca descrita en el punto anterior, hasta la concurrencia de veinticinco mil novecientos dieciséis balboas con 27/00 (B/.25,916.27), en concepto de capital, intereses vencidos, seguro de vida, seguro de incendio y gastos de cobranza, sin perjuicio de los intereses que se hayan causado y que se sigan causando, hasta el pago completo de la obligación.

    Así, explica también que mediante auto N°49 J-2 de 15 de marzo de 2005, el Juzgado Ejecutor del Banco Nacional de Panamá, aprobó el Remate celebrado en el proceso referido en el párrafo anterior, y a consecuencia de ello adjudicó definitivamente a título de compra en venta de remate judicial y libre de gravámenes al Banco Nacional de Panamá, la finca en comento, el cual no ha podido ser inscrito.

    Finalmente, plantea el representante del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR