Resolución CNV Nº 83-08 de 25 de marzo de 2008, 'POR LA CUAL DA POR TERMINADO EL REGISTRO DE LOS VALORES AUTORIZADOS PARA OFERTA PÚBLICA DE LA SOCIEDAD PRODUCTOS TOLEDANO, S.A. (ANTES ALIMENTOS Y SUPERCONCETRADOS, S.A.) ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES'.

REPUBLICA DE PANAMA

COMISION NACIONAL DE VALORES

Resolución CNV No.83-08

De 25 de marzo de 2008

La Comisión Nacional de Valores en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante las Resoluciones No.724 de 1 de julio de 1993, No.CNV-184-98 de 30 de noviembre de 1998, No.CNV-006-97 de 21 de enero de 1997 y No.CNV-044-99 de 15 de marzo de 1999, la Comisión Nacional de Valores autorizó para ofrecer en venta al público Valores Agropecuarios Negociables, Bonos Agroindustriales y Valores Comerciales Negociables, a la sociedad Productos Toledano, S.A. (antes Alimentos y Superconcentrados, S.A.), constituida de acuerdo a las leyes de la República de Panamá, e inscrita a la Ficha 38216, Rollo 2085 e Imagen 37 de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público;

Que la sociedad denominada Productos Toledano, S.A. (antes Alimentos y Superconcentrados, S.A.), ha solicitado mediante Apoderados Especiales, la firma Alemán, Cordero, Galindo & Lee, la terminación de su registro ante esta Comisión, con fundamento en el Artículo 81 del Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999 y el procedimiento establecido mediante el Acuerdo No.6-2000 de 19 de mayo de 2000.

Que con la documentación presentada, la solicitante ha acreditado que no posee:

En el último día de su año fiscal cincuenta o más accionistas domiciliados en la República de Panamá, que sean propietarios efectivos de no menos del diez por ciento de su capital pagado.

Valores listados en una Bolsa de Valores en la República de Panamá.

Valores en circulación que hubiesen sido ofrecidos a través de una oferta pública.

Que revisada la documentación y habiendo transcurrido más de treinta (30) días desde la última publicación del Aviso de Terminación a que se refiere el Artículo 24 del referido Acuerdo No.6-2000 de 19 de mayo de 2000, sin que se hayan recibido objeciones a la presente solicitud, esta Comisión estima procedente resolver de conformidad.

Que vista la Opinión de la Dirección Nacional de Registro de Valores e Informes de Emisores según informe de fecha 17 de marzo de 2008.

Que vista la Opinión de la Dirección Nacional de Asesoría Legal según informe de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR