Resolución Nº 128-08 de 15 de mayo de 2008, 'POR LA CUAL SE DA POR TERMINADO EL REGISTRO DE LOS VALORES AUTORIZADOS MEDIANTE LA RESOLUCION Nº 226 DE 28 DE FEBRERO DE 1985 DE LA SOCIEDAD MEDIPAN, S.A. ANTE LA COMISION NACIONAL DE VALORES'.

REPUBLICA DE PANAMA

COMISION NACIONAL DE VALORES

Resolución CNV No. 128-08

De 15 de mayo de 2008

La Comisión Nacional de Valores

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No.226 de 28 de febrero 1985, la Comisión Nacional de Valores autorizó para ofrecer en venta al público Acciones Comunes tipo A, a la sociedad Medipan, S.A., constituida de acuerdo a las leyes de la República de Panamá, e inscrita a la Ficha 76640, Rollo 6763 e Imagen 10 de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público;

Que la sociedad denominada Medipan, S.A., ha solicitado mediante Apoderados Especiales, la firma Herrera, Sucre-Robles & Asociados, la terminación de su registro ante esta Comisión, con fundamento en el Artículo 81 del Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999 y el procedimiento establecido mediante el Acuerdo No.6-2000 de 19 de mayo de 2000.

Que con la documentación presentada, la solicitante ha acreditado que no posee:

  1. En el último día de su año fiscal cincuenta o más accionistas domiciliados en la República de Panamá, que sean propietarios efectivos de no menos del diez por ciento de su capital pagado.

  2. Valores listados en una Bolsa de Valores en la República de Panamá.

  3. Valores en circulación que hubiesen sido ofrecidos a través de una oferta pública.

Que revisada la documentación y habiendo transcurrido más de treinta (30) días desde la última publicación del Aviso de Terminación a que se refiere el Artículo 24 del referido Acuerdo No.6-2000 de 19 de mayo de 2000, sin que se hayan recibido objeciones a la presente solicitud, esta Comisión estima procedente resolver de conformidad.

Que vista la Opinión de la Dirección Nacional de Registro de Valores e Informes de Emisores según informe de fecha 8 de mayo de 2008.

Que vista la Opinión de la Dirección Nacional de Asesoría Legal según informe de fecha 13 de mayo de 2008.

RESUELVE:

ARTÍULO PRIMERO: Dar por terminado el Registro de los Valores...

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