Resolución Nº 031-09 de 16 de abril de 2009, 'QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZAR EL INICIO DE OPERACIONES DE TRAMOS, FASES, ETAPAS O SEGMENTOS COMPONENTES DE OBRAS QUE SE DESARROLLAN A TRAVÉS DEL SISTEMA DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESOLUCIÓN No. 031-09

De 16 de abril de 2009

Que aprueba el procedimiento para autorizar el inicio de operaciones de tramos, fases, etapas o segmentos componentes de obras que se desarrollan a través del Sistema de Concesión Administrativa.

El Ministro de Obras Públicas,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 5 de 15 de abril de 1988, modificada por la Ley 31 de 1994, Ley 36 de 1995, Ley 1 de 1999 y la Ley 52 de 2005, se establece y regula el sistema de ejecución de obras públicas por el sistema de Concesión Administrativa y se adoptan otras disposiciones.

Que la Ley 5 de 1988 fue reglamentada por el Decreto 17 de 29 de noviembre de 1989, modificado por el Decreto 272 de 1994 y adicionada por los Decretos 61 de 1997 y 22 de 1998.

Que el Artículo 12 del Decreto 17 de 1989 y sus modificaciones, establece que el documento en que se formalizará el contrato deberá contener, además de los requisitos especificados en la Ley 5 de 1988, los siguientes requisitos, entre los cuales se señala: "e) Plazo total de ejecución de las obras y, en su caso, los parciales que se establezcan".

Que el Artículo 32 del citado Decreto 17, establece que "Terminadas las obras objeto de concesión, el concesionario solicitará por escrito autorización a la entidad concedente para la apertura de las mismas. Comprobado el estado satisfactorio de las obras, la entidad concedente y el concesionario levantarán un acta que suscribirán las partes en la cual se dejará constancia de dicha circunstancia".

Que los contratos de Concesión Administrativa celebrados por el Estado, vigentes en la actualidad, facultan a los concesionarios, a solicitar la autorización para el inicio de operación de un tramo, fase, etapa o segmento componente de una obra, por lo que se hace necesario establecer el procedimiento para otorgar dicha autorización.

Que el literal p) del Artículo 3 de la Ley 35 de 1978, conforme fue modificado por el Artículo 1 de la Ley 11 de 2006, faculta al Ministerio de Obras Públicas para dictar los reglamentos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

El Ministerio de Obras Públicas podrá autorizar, previa solicitud por escrito del concesionario, el inicio de operaciones de tramos, fases, etapas o segmentos componentes de...

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